Este lunes, el Gobierno envió al Congreso el nuevo proyecto de ley ómnibus con las modificaciones pedidas por los distintos bloques en Diputados, para lograr el dictamen favorable y así llevarlo a debate en el recinto en los próximos días. En el nuevo texto, surgen más precisiones respecto a temas como retenciones, jubilaciones, entre otros temas, son parte de los cambios consensuados.
De acuerdo al texto, "se realizaron cambios en la estructura y redacción del proyecto a los fines de mejorar la técnica legislativa y favorecer su lectura", expresa.
En ese sentido, indica, "se eliminó la emergencia en materia social y de defensa y se redujo el plazo de las delegaciones legislativas a un año, con la posibilidad de prorrogar por un año más con aprobación del Congreso".
Los principales cambios en la ley ómnibus
Jubilados: cambios en la fórmula
En un primer momento aplicará la fórmula actual de movilidad previsional hasta abril y luego actualizará por la inflación calculada por el INDEC.
"El Gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que les corresponde a todos los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación disponible del INDEC. Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo", sostuvo.
En ningún caso la aplicación de dicho índice podrá producir la disminución del haber que percibe el beneficiario o la beneficiaria, aclara el documento.
En paralelo, el nuevo texto elimina las jubilaciones de privilegio para Presidente y Vicepresidente, que se habían mantenido cuando el gobierno de Alberto Fernández eliminó otras jubilaciones de privilegio a inicios de 2020. De este modo "se le pone fin a un privilegio de la casta en donde los Presidentes accedían a una jubilación millonaria y vitalicia", señaló el Gobierno en las aclaraciones al proyecto final. Aun así, continuarán existiendo las jubilaciones de privilegio para jueces de la Corte Suprema.
YPF no estará sujeta a privatización
Se eliminó YPF del listado. Para Nucleoeléctrica, Banco Nación y ARSAT se estableció que el Estado solamente puede realizar una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa. Además, se incorporó expresamente, la participación de la Comisión Bicameral de Privatizaciones de la Ley N 23.696 para el seguimiento de los trámites respectivos.
Por otra parte, se eliminó el articulo 9 y se amplió la redacción actual el artículo 35 de la Ley N° 24.804 con el fin de mantener el poder de veto en algunas decisiones de Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima.
Finalmente, se eliminó el articulo 11 manteniendo la obligación del Estado de tener una acción con derecho a veto para las decisiones que impliquen el cierre de la actividad.
Retenciones cero
Se establecen retenciones del 0% para las economías regionales. A su vez, se elimina la facultad del Poder Ejecutivo de poder subir los derechos de exportación. Solamente se mantiene la facultad para poder reducirlas. De este modo, el proyecto final descarta la posibilidad de aumentar los derechos de exportación de los productos derivados de la soja de un 31 a un 33%.
Ley de pesca
Tras las quejas del sector, el proyecto propicia la licitación de las cuotas pesqueras y se refiere a la confusión que se produjo en la anterior redacción como consecuencia de la incorporación de la palabra "internacional". Sobre eso, el Gobierno aclaró: "Esta palabra es removida en esta versión clarificando dicha confusión". También, se eliminaron las derogaciones de los artículos 25 y 40 de la Ley N 24.922, con lo cual se mantiene la obligación de descargar en puerto y de contar con tripulación argentina.