El Gobierno nacional oficializó este martes cambios en los plazos de renovación y centro de emisión de la Verificación Técnica Vehicular (VTV).
A través del Decreto 196/2025 firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis "Toto" Caputo, se dio curso a las modificaciones referidas al régimen contempladas dentro de la Ley de Tránsito n° 24.449.
"El tema ha sido objeto de mucho debate público. Algunos sugirieron eliminarla (aduciendo que el seguro se encargaría de verificar la aptitud del vehículo) y hay unánime consenso de que la VTV no puede ser un negocio de la política a costa del ciudadano. Irrita hacer la VTV para un auto nuevo, mientras en la calle circulan vehículos sin luces", subrayó el titular de la cartera de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, en redes sociales.
Cambios en la VTV: plazos, emisión y condiciones para acceder el documento obligatorio
La normativa reglamentada este martes en la edición del Boletín Oficial (BORA) determina que la Verificación Técnica Vehicular (VTV) se podrá realizar en talleres y concesionarias de cualquier jurisdicción, siempre y cuando tengan “instalaciones aptas y equipamiento adecuado”.
"Será condición de habilitación de los talleres y servicios incluidos en el Anexo K (del Decreto 196/2025), contar, además de cumplir con los requisitos del artículo 35 de la ley, con las herramientas y equipos adecuados a la o las especialidades para las cuales soliciten su habilitación", detalló el punto 4° del artículo 35° modificado a través del punto 13°.
En esta línea, el ministro Federico Sturzenegger agregó: "La idea es que cuando lleves el auto al concesionario o al taller, te vayas con la RTO actualizada (¡vamos a tener más RTO y más seguridad!)".
Además, el Decreto 196/2025 alteró los plazos para efectuar la renovación obligatoria de la VTV:
- Los autos 0 KM van a tener que realizar la primera VTV recién a los 5 años.
- Los vehículos que tengan menos de 10 años de antigüedad deberán realizarla cada 2 años.
- Los que excedan la década de antigüedad cada 1 año.