17 de agosto 2024 - 13:02hs

Un nuevo proyecto de ley propone prohibir el acceso a casinos, salas de juego de azar y bingos en la provincia de Buenos Aires a quienes estén inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM). La iniciativa fue presentada en la Cámara de Diputados de la provincia por Germán Di Cesare, legislador de Unión por la Patria.

Di Cesare explicó que “este proyecto busca proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes”, y aclaró que la medida tiene un propósito claro: impedir que aquellos que no cumplan con sus obligaciones hacia sus hijos participen en actividades recreativas hasta que regularicen su situación.

El legislador subrayó que “el incumplimiento de la cuota alimentaria es una violación de un derecho esencial de los niños, niñas y adolescentes e implica, además, que quien cubra esa falta sea la persona que queda a cargo”. La iniciativa pretende tanto sancionar a los deudores como incentivar el cumplimiento de estas obligaciones fundamentales. “Tenemos que darle herramientas a la Justicia y al Estado para poder exigirles a esos deudores que no cumplen con sus responsabilidades”, agregó.

El Registro de Deudores Alimentarios fue creado mediante la Ley 13.074 con el objetivo de registrar, por orden judicial, a toda persona obligada al pago de alimentos que haya incumplido un determinado número de cuotas (tres consecutivas o cinco alternadas) tras la correspondiente intimación al pago.

En la Ciudad de Buenos Aires, a fines de julio, se presentó un proyecto similar que busca prohibir el ingreso de deudores alimentarios a canchas de fútbol y recitales en la Capital. Esta propuesta fue impulsada por el legislador Juan Manuel Valdés con la intención de crear una herramienta adicional para combatir la morosidad en el cumplimiento de estas obligaciones. Asimismo, en agosto, la Legislatura porteña comenzó a tratar una iniciativa similar presentada por Facundo Del Gaiso, legislador de la Coalición Cívica.

El proyecto de ley busca que los deudores alimentarios no asistan a eventos masivos en Buenos Aires

El diputado Juan Manuel Valdés presentó un proyecto de ley que busca restringir el acceso de los "deudores alimentarios" a eventos deportivos y culturales pagos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La propuesta de modificación del Registro de Deudores Alimentarios Morosos incluye medidas específicas dirigidas a quienes incumplieron con la manutención de sus hijos. Si se aprueba, esta legislación obligará a las entidades organizadoras de eventos masivos a implementar controles de acceso mediante tecnología para verificar el estatus de los asistentes.

Actualmente, los deudores alimentarios ya enfrentan limitaciones en ciertas áreas, como la renovación de licencias de conducir y la realización de viajes al extranjero. El nuevo proyecto pretende ampliar estas restricciones a eventos culturales y deportivos en la ciudad. En el presente, tales restricciones se aplican solo por decisión judicial; con esta ley, se aplicarían automáticamente a todos los inscritos en el registro.

La iniciativa, promovida por el legislador de Unión por la Patria, tiene como objetivo acelerar el proceso de imposición de sanciones, dado que los tiempos judiciales pueden ser extensos. Busca crear una medida efectiva que genere un impacto social al restringir la participación en eventos para aquellos que no cumplen con sus responsabilidades alimentarias.

La idea central de la propuesta es que la comunidad contribuya a limitar las actividades de quienes incumplen con el deber de proporcionar sustento y educación a sus hijos e hijas.

La ley que rige en San Juan en cuanto a estas medidas

A finales de junio, la Legislatura de San Juan aprobó una nueva ley que impone restricciones a los deudores alimentarios y a quienes incumplen con los deberes de asistencia familiar, limitando su acceso a casinos, salas de juegos de azar y bingos en la provincia. Esta medida busca proteger los derechos de los niños, que a menudo se ven perjudicados cuando los recursos de sus progenitores se destinan a juegos de azar en lugar de cumplir con sus obligaciones alimentarias.

La ley, promovida por el diputado Juan de la Cruz Córdoba del interbloque Cambia San Juan, fue aprobada durante la Quinta Sesión presidida por el vicegobernador Fabián Martín, con la colaboración de los secretarios legislativo y administrativo, Gustavo Velert y Jorge Fernández. Esta legislación está en consonancia con la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Argentina mediante la ley 23849, que estipula en su artículo 4 que “los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención”.

El artículo 1° de la nueva normativa establece que “prohíbe el ingreso a casinos, salas de juego de azar y salas de bingo de la Provincia, a deudores alimentarios y a incumplidores de los deberes de asistencia familiar”. Para aplicar esta restricción, se utilizarán registros especiales que identifican a los deudores. Además, el artículo 2° obliga al Poder Judicial de San Juan a asegurar que los concesionarios de estos establecimientos tengan acceso a dicho registro.

El artículo 3° de la ley determina que “la Caja de Acción Social o el organismo que en el futuro lo reemplace, debe velar por su cumplimiento, a través de los procedimientos que estime necesarios para tal fin”. Este artículo tiene como objetivo asegurar que la ley se implemente de manera efectiva y que se tomen las medidas necesarias para supervisar su cumplimiento.

El diputado Córdoba destacó que la ley no solo tiene como fin proteger a los niños, sino también fomentar la responsabilidad entre los deudores. “La nueva ley obliga a los concesionarios de los casinos y salas de juegos de azar a cumplir con el registro dispuesto por el Poder Judicial de San Juan”, afirmó. La Caja de Acción Social tendrá un rol crucial en la supervisión de la ley, implementando las medidas necesarias para asegurar su aplicación efectiva, como lo subrayó Córdoba: “El cumplimiento de esta normativa está asegurado por la participación del organismo encargado, que debe velar por su efectividad”.

Qué es el deber alimentario

La obligación de proporcionar alimentos recae sobre los padres y madres en relación con sus hijos e hijas. Esta responsabilidad abarca todas las necesidades de los menores, incluyendo su sustento, educación, entretenimiento, vestimenta, vivienda, atención médica, y los gastos necesarios para su formación profesional u oficio.

El deber alimentario está contemplado tanto en el Código Civil y Comercial como en tratados internacionales. En general, ambos progenitores están obligados a cumplir con esta responsabilidad, independientemente de si conviven o no con sus hijos e hijas.

Cuando se incumple con la cuota alimentaria, se está violando un derecho fundamental de los niños, niñas y adolescentes. Este incumplimiento también implica que la persona que se queda a cargo, que generalmente es la madre debido a la asignación tradicional y maternalista de roles y tareas de cuidado, deba asumir la responsabilidad económica.

Además, en casos de separación o divorcio, es común que las madres sean quienes carguen con esta responsabilidad adicional, dado el rol que tradicionalmente se les asigna en cuanto al cuidado de los hijos.

Cifras preocupantes de incumplimiento de pago del deber alimentario

En Argentina, el 68% de los progenitores no convivientes no cumple con la obligación de proporcionar alimentos, según datos de 2023. Esta falta de cumplimiento afecta gravemente a la situación económica de los hogares monoparentales, con el 68% de estos hogares viviendo por debajo de la línea de pobreza y el 23% en condiciones de indigencia, lo que les impide acceder a la canasta básica alimentaria.

La falta de pago de las cuotas alimentarias constituye una vulneración del derecho fundamental a la alimentación de niños, niñas y adolescentes. Un reciente fallo judicial calificó esta omisión como “una situación de violencia económica por razón de género”.

Desde 1999, la Ciudad de Buenos Aires cuenta con el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, creado por la Ley 269. Esta ley permitió identificar a aquellos individuos que no cumplen con sus obligaciones alimentarias. En 2023, el registro experimentó un aumento significativo, con 162 nuevas inscripciones, marcando el mayor crecimiento en muchos años. Entre enero y julio de 2024, se sumaron 124 nuevas personas al registro, alcanzando un total de 2.825 individuos inscritos en la Ciudad.

Además, solo una de cada cuatro mujeres separadas recibe la cuota alimentaria correspondiente, reflejando la magnitud del problema y la necesidad de medidas más efectivas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

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