11 de septiembre 2025 - 11:18hs

El esquema que se ejecutará a través del Sistema de Gestión Biométrica para el Tránsito Vecinal Fronterizo, determinará el ingreso y/o egreso de ciudadanos comprendidos en la Ley N° 25.871, según reseña el artículo 1° de la Disposición 1399/2025.

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"Los dispositivos mencionados resultarán operativos en aquellos pasos internacionales en los que de acuerdo a la disponibilidad operativa y tecnológica, se habilite su utilización", puntualizó el inciso 3° de la normativa.

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Controles fronterizos biométicos: ¿Qué datos se pedirán en los controles migratorios de ingreso y/o egreso a la Argentina?

Las Terminales de Autenticación Biométrica (TAB) permitirán el control migratorio de ciudadanos mediante la validación documental y la verificación de identidad a través de patrones biométricos.

Cada beneficiario deberá acreditar la documentación detallada a continuación:

1. Registro informático del Enrolamiento en el Sistema de Gestión Biométrica Vecinal Fronteriza.

2. Documentación Hábil de Viaje (Pasaporte/DNI/ Cédula)

3. Comprobante de Acreditación de Domicilio conforme a la regulación de la localidad de residencia y en jurisdicción del Paso Internacional.

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Los TAB permitirá cruzar la frontera y permanecer en el vecino país por un plazo máximo de 72 horas, permitiendo su circulación en un radio determinado no mayor a los 100 kilómetros contados desde el Paso Internacional.

¿Quiénes deberán someterse a los controles biométicos?

Resultarán beneficiarios alcanzados para el Sistema de Gestión Biométrica para el Tránsito Vecinal Fronterizo los ciudadanos domiciliados en las jurisdicciones del Paso Internacional y que sean nacionales argentinos y/o extranjeros, residentes en la República Argentina o del Estado lindero donde dicho Sistema pudiere resultar habilitado y siempre que por su nacionalidad de origen no requiera visado consular conforme a la normativa vigente.

¿Cómo funcionará el sistema de control biométrico en los pasos fronterizos?

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1) Todo beneficiario interesado deberá concurrir a las instalaciones del Paso Internacional habilitado de la Dirección Nacional de Migraciones.

2) El agente de control migratorio habilitado para la realización del enrolamiento recibirá y verificará la totalidad de la documentación requerida.

3) Fiscalizada la documentación el agente habilitado procederá al registro de los datos del beneficiario, extraídos del documento de identidad correspondiente, en el aplicativo informático.

4) Verificará la inexistencia de antecedentes en el Registro Nacional de Aptitud Migratoria y en las listas de control enlazadas.

5) Cumplido, el agente deberá realizar y registrar la captura de patrones biométricos a través de fotografía de rostro y huella dactilar.

6) Realizado el cotejo de la documentación y registro de patrones biométricos el agente de control migratorio realizará la verificación y registro en Sistema Informático confirmando de este modo el enrolamiento del beneficiario.

7) Finalizado y confirmado el enrolamiento se hace entrega del Comprobante de Enrolamiento.

El Enrolamiento en el Sistema de Gestión Biométrica para el Tránsito Vecinal Fronterizo tendrá una validez de dos años.

Disposición 1399

Temas:

Migraciones Argentina

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