El medio aguinaldo de junio, es una partida complementaria -computable a los efectos del cálculo del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas ( IRPF)- de naturaleza salarial. El pago es realizado por el empleador en dos oportunidades durante cada año, en junio y diciembre.
Consiste en un doceavo de todos los conceptos remuneratorios en dinero que abona el empleador en un período determinado.
Los trabajadores dependientes –tanto de la actividad privada como pública– que percibieron prestaciones en dinero entre el 1° de diciembre de 2023 y el 31 de mayo de 2024 son beneficiarios del pago del pago del aguinaldo en el mes de junio.
¿Cuándo se paga el medio aguinaldo de junio?
El pago de dicha partida podrá realizarse hasta el 30 de junio como fecha límite.
¿Cómo se calcula el medio aguinaldo de junio?
Para determinar el monto que el empleador deberá pagar y el trabajador obtener por dicha partida, basta con sumar todas las remuneraciones en dinero (sueldo, jornales, horas extras, horas nocturnas, descanso trabajado, etcétera) que el empleador abonó en el período de generación (diciembre 2023-mayo 2024 o junio-noviembre en el otro caso anual) y dividirlo entre 12.
No son computables para la determinación del aguinaldo las partidas en especie (ticket, propinas abonadas por terceros, partidas por vivienda o locomoción, etcétera).
Para los trabajadores dependientes rurales se consideran partidas computables para el aguinaldo las recibidas en especie, por concepto de alimentación y vivienda.
Al monto determinado anteriormente corresponde descontar los aportes personales a la seguridad social, aporte jubilatorio (15%), Fonasa (3%) y Fondo de Reconversión Laboral (0,1%), para determinar el importe liquido del aguinaldo.
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El medio aguinaldo de junio se paga el próximo mes.
Inés Guimaraens
¿Qué ocurre si hubo subsidio del BPS?
En el caso de un trabajador que estuvo amparado a algún subsidio del Banco de Previsión Social (BPS) –como maternidad, enfermedad, suspensión, etcétera y siempre durante el mismo período de generación del aguinaldo– se deberán considerar únicamente las partidas abonadas por el empleador para la determinación del importe de aguinaldo y no el subsidio. Eso no se traduce en pérdida para el empleado, ya que en el pago realizado por BPS por el subsidio correspondiente el ente fue quien abonó la parte correspondiente de aguinaldo.
IRPF en el aguinaldo de junio
El aguinaldo es una partida computable a los efectos del cálculo del IRPF, no obstante a diferencia del aguinaldo de diciembre, el pago de la partida en junio no se ve afectada por el IRPF, ya que se adelanta mensualmente el pago del mismo al incrementar la base imponible del impuesto en un 6% mensual de acuerdo a lo establecido en el Decreto 154/015.
El 6% de incremento se aplica únicamente a remuneraciones que superen las 10 BPC mensuales (actualmente $ 61.770). En los casos de haberes menores a dicho monto no se aplica el incremento.