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El gobierno volvió de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con tareas para hacer luego de haber sido incluido en la “lista negra”. Ahora deberá incluir modificaciones en la ley de negociación colectiva aprobada en 2009. El análisis sobre el caso uruguayo en el organismo llevó más de cuatro horas.

Al término de la 114ª Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra, la Comisión de Aplicación de Normas de la OIT “instó al gobierno a que, en consulta con las organizaciones de empleadores y trabajadores más representativas, adopte las medidas legislativas necesarias, en particular la modificación del artículo 12 de la ley 18.566” para cumplir con los principios de la negociación colectiva. Esa ley fue redactada durante el primer gobierno del Frente Amplio y se convirtió en uno de los hitos laborales de ese período presidencial liderado por Tabaré Vázquez.

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En el acta de las conclusiones -a la que accedió El Observador- se tomó nota de “la persistencia de las observaciones formuladas por esta comisión y otros órganos de control en relación con la legislación y la práctica de Uruguay sobre la negociación colectiva en el marco del convenio 98”.

Ese convenio, sobre derecho de sindicación y negociación colectiva, fue uno de los argumentos que utilizó el sector empresarial -liderado por la Cámara de Industrias y la Cámara de Comercio- para presentar una queja en la OIT.

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Comisión de Aplicación de Normas de la OIT

El origen del conflicto fue la ley de 2009 que otorgó a los Consejos de Salarios la potestad de fijar los salarios mínimos por categorías en el sector privado, los ajustes, y también negociar condiciones de trabajo. Pero desde la visión de los empleadores, los Consejos de Salarios deben limitarse a la fijación de los ajustes y dejar que el resto de las condiciones de trabajo se negocien de manera bipartita, libre y voluntaria. Y para justificarlo apelaron al artículo 4 del convenio 98.

El texto señala que “deberán adoptarse las medidas adecuadas para estimular y fomentar entre las organizaciones de empleadores y las organizaciones de trabajadores el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, con el objeto de reglamentar, por medio de contratos colectivos, las condiciones de empleo”.

Esa discusión que comenzó hace 17 años llegó este jueves hasta la sede de la OIT en Suiza. La Comisión de Aplicación de Normas también le pidió al gobierno que presente un informe sobre los progresos realizados, con plazo hasta el 1º de setiembre.

Pero antes de emitir esa recomendación, el caso uruguayo se trató durante cuatro horas y media

La discusión sobre el caso uruguayo en la OIT

La comisión comenzó la sesión al mediodía de este miércoles con la exposición del subsecretario del Ministerio de Trabajo, Hugo Barreto. “Decimos desde ya que Uruguay nunca debió haber sido incluido en la lista de casos de esta Comisión”, afirmó.

Recordó que en el período pasado el gobierno introdujo modificaciones a la ley de negociación colectiva, como la eliminación de la ultraactividad automática en los convenios y la exigencia para los sindicatos de contar con personería jurídica, algo que también había reclamado el sector empresarial en 2009.

“Las Cámaras, pese a estas modificaciones que fueron operadas en su favor, no obstante mantienen su objeción respecto de las competencias de los Consejos de Salarios”, dijo.

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Hugo Barreto en la Comisión de Aplicación de Normas de la OIT

Barreto agregó que los acuerdos sobre condiciones de trabajo surgen siempre que exista voluntad concordante de empleadores y trabajadores y sin la intervención del Estado en las decisiones adoptadas.

Tras su participación llegó el turno de la exposición inicial del grupo de empleadores, que estuvo a cargo del mexicano Fernando Yllanes.

“La Comisión de Expertos ha señalado repetidamente que los Consejos de Salarios no deberían determinar remuneraciones superiores a los salarios mínimos, ni establecer condiciones de trabajo que deberían ser objeto de negociación voluntaria entre empleadores y trabajadores”, afirmó.

El representante empresarial recordó que el caso uruguayo lleva 17 años sin resolverse. “No estamos ante una diferencia de interpretación reciente ni ante una cuestión nueva. Estamos ante observaciones reiteradas durante más de una década y media respecto de aspectos fundamentales de la legislación vigente que continúan pendientes de cumplimiento”, añadió.

Con ese argumento, el grupo de empleadores solicitó a la Comisión de Aplicación de Normas que instara al gobierno a adoptar, sin más demora, las medidas necesarias para cumplir con las observaciones pendientes.

La posición de los trabajadores uruguayos fue trasladada por el secretario de relaciones internacionales del PIT-CNT, José Olivera. Desde su visión, la presencia de Uruguay en la comisión no respondió a una discusión técnica ni jurídica. “Lo que está en disputa es si Uruguay seguirá siendo un país donde el trabajo organizado tenga voz, derecho y poder de negociación, o si se abrirá paso a una lógica regresiva en la que prevalezca, sin contrapesos, la voluntad del capital”, expuso.

La voz de los empleadores estuvo representada por el secretario de la Comisión de Relaciones Socio-Laborales de la Cámara de Industrias, Pelayo Scremini. “No queremos estar aquí. No queremos que Uruguay se convierta en un caso de incumplimiento histórico dentro de la OIT y no nos agrada comparecer cada pocos años a esta Comisión”, dijo.

Aclaró que el caso uruguayo volvió a abordarse porque “el gobierno no tiene en su agenda atender las observaciones de la OIT".

A media tarde del miércoles culminó el tratamiento del caso y se aguardó por las recomendaciones de la Comisión que se conocieron este jueves por la mañana.

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