Las quejas de consumidores sobre productos y servicios tuvieron un leve aumento durante el año pasado. A su vez, hubo más de 300 sanciones aplicadas a empresas por información sobre ofertas y precios y arrepentimiento en compras a través de comercio electrónico.
La Unidad de Defensa del Consumidor (Udeco) del Ministerio de Economía informó que durante el 2025 atendió 18.965 casos con una suba de 1,7% respecto al año anterior. El informe mencionó que entre 2020 y 2023 se observó una trayectoria descendente, seguida de un cambio de rumbo en 2024 que se sostuvo el año pasado. Sobre los dos últimos años agregó que no se trata de una reversión brusca, sino de una estabilización luego de algunos años de caída.
La Udeco mencionó que en 2025 se destacó un cambio relevante en la composición de los conflictividad entre consumidores y proveedores: el área de productos se ubicó por encima de los servicios, algo que no ocurría desde 2019 y que se constituyó en uno de los rasgos más notorios del año. En total se atendieron 5.838 casos, con incremento interanual de 8,2%.
El área mostró un máximo inicial en 2020 y una caída posterior hasta 2022. A partir de 2023 se observó un aumento sostenido que se consolidó el año pasado que además tuvo la mayor cantidad de quejas atendidas. “Este comportamiento vuelve especialmente relevante la conflictividad asociada a bienes de consumo y marca una diferencia respecto a la dinámica predominante de años anteriores”, expuso.
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Después se ubicó el segmento de servicios con 5.200 casos y una baja interanual de 17,6% y en tercer lugar quedaron los servicios financieros 4.429 e incremento de 9,4%.
El informe expresó que los cinco principales asuntos tratados en los casos atendidos fueron los préstamos (2.133), tarjetas de crédito (1.275), plataforma de intermediación en comercio electrónico (1.097), administración, alquiler, venta de propiedades (687) y vestimenta de mujer (654). Agregó que los cinco problemas más relevantes fueron falta de entrega de productos (1.751), reestructura de deuda (1.407), incumplimiento de garantía (1.285), cobro indebido o abusivo (902) y falta de información (1.067).
Sobre la falta de entrega de productos, el documento señaló que el comportamiento sugiere la persistencia de incumplimientos vinculados a la entrega efectiva de bienes, especialmente en modalidades de contratación no presencial o con intermediación digital.
En el caso de reestructura de deuda indicó que la cantidad de casos refuerza la centralidad de los conflictos vinculados al endeudamiento, a los costos financieros asociados y a la liquidación de cargos en el marco de las relaciones de consumo, especialmente en el área de servicios financieros.
Sanciones
El informe dedicó un capítulo sobre las sanciones aplicadas durante el año y con desglose por tipo. En total fueron 306 en 2025, incluyendo apercibimientos y multas, con una disminución interanual de 21,7%. En total se aplicaron 146 sanciones por información y transparencia sobre ofertas y productos, seguido por comercio electrónico y arrepentimiento con 59, colaboración con la autoridad administrativa con 44, cumplimiento de oferta con 23 y garantías y obligaciones posventa con 17 sanciones, entre otras categorías.
Además, las infracciones más frecuentes fueron por precio no informado (124 casos), incumplimiento de regulación de comercio electrónico (58), incomparecencia a audiencia administrativa (31), incumplimiento en requerimiento de datos (12), cobro de precio mayor al ofertado (11) e incumplimiento de la oferta (10).
La Udeco explicó que la sanción es dictada en el marco de un proceso administrativo en que se investiga la conducta del proveedor, a partir de una denuncia o por programación de oficio.
Agregó que el número de sanciones está sujeto no solo a la cantidad de denuncias recibidas, sino también a su comprobación. Por tanto, se vincula la capacidad fiscalizadora y la conducta desarrollada por el proveedor (justificada o no) y los elementos probatorios que lo demuestre.
La dependencia del Ministerio de Economía mencionó que hay conductas dejaron de ser infracciones por modificaciones administrativas, como imponer un monto mínimo para pagos por medios electrónicos o equiparar el precio pago en efectivo y por medios electrónicos, ambos derogados por la Ley de Urgente Consideración (LUC).