15 de julio 2025 - 16:56hs

El Tribunal Supremo (TS) rechazó este martes el pedido del juez Juan Carlos Peinado de investigar al ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por presuntos delitos de malversación y falso testimonio por la contratación de Cristina Álvarez como asesora de Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, al no apreciar ningún indicio de delito.

Así lo resolvió la Sala de Admisión, integrada en este caso por los magistrados Andrés Martínez Arrieta —ponente del asunto y presidente de la Sala de lo Penal del TS—, Pablo Llarena, Julián Sánchez Melgar, Leopoldo Puente y Ángel Hurtado, en línea con lo propuesto por la Fiscalía.

Los magistrados archivaron la exposición razonada que les dirigió el 3 de julio el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, pidiendo investigar a Bolaños porque consideraba que incurrió en dichos delitos por la contratación de Álvarez, que se hizo cuando era secretario general de la Presidencia, en 2018.

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El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, a su llegada a la primera sesión del debate de investidura de Pedro Sánchez
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"Absoluta ausencia de indicios fundados" contra Bolaños

Los jueces cuestionaron que en el escrito del juez Peinado contra Bolaños hay "una absoluta ausencia de cualquier indicio mínimamente fundado o dotado de mínima verosimilitud" de la participación del ministro en los hechos investigados.

Los magistrados analizaron el delito de malversación, que el instructor justificaba en que Bolaños debía haber velado por los fondos públicos con los que se pagó a Álvarez, o al menos por que estando retribuida con éstos cumpliera las funciones asignadas, sin extenderlas al apoyo a las labores privadas de Gómez.

El Supremo recordó que es un delito doloso, "sin que el simple hecho de ocupar un determinado cargo público, sin más aditamentos sobre el conocimiento de concretas conductas por parte del posible autor, acredite, a su vez, el necesario conocimiento de que los caudales públicos se estuvieran destinando a un fin para el que no estaban previstos".

El TS se pronunció además sobre el delito de falso testimonio que Peinado señaló ante las contradicciones que apreció entre las declaraciones de Bolaños y el que fuera responsable de personal de Moncloa Raúl Díaz.

En este punto, los magistrados enfatizaron que no se ha "dictado sentencia o resolución judicial firme que haya declarado una verdad judicial o forense, con la que comparar las manifestaciones de ambos".

Al hilo, el TS recalca que el delito de falso testimonio es un delito que requiere que la falsedad de lo declarado sea un dato objetivo, y que ese dato objetivo, por el momento, no ha sido determinado.

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Críticas del Supremo a "extraña forma de proceder" del juez Peinado

La Sala también argumentó que no consta que el juzgado de instrucción, con carácter previo a la emisión de la exposición razonada, haya oído al Ministerio Fiscal.

"Esa omisión es extraña a la forma de proceder habitual en la jurisdicción penal que aconseja una audiencia al Ministerio Fiscal, preceptiva en casos de competencia, y aconsejable en resoluciones como la realizada", sostuvieron los magistrados.

Para la Sala, es clarificador el informe del Ministerio Público ante el propio Supremo, informando sobre aspectos relevantes para el conocimiento de los hechos, no sólo referidos al momento elevar la exposición razonada.

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