El Tribunal de Estrasburgo validó este jueves la condena al rapero Pablo Hásel por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona y otras instituciones, que considera “razonable” y “apropiada” y consideró que las letras de sus canciones podían tener “consecuencias nefastas”.
La Audiencia Nacional española condenó al rapero a nueve meses de prisión por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona y otras instituciones, lo que motivó su ingreso en el centro penitenciario de Ponent en febrero de 2021.
Estando ya en prisión Hasel, cuyo verdadero nombre es Pablo Rivadulla Duró, sumó varias condenas por otros hechos distintos a esa sentencia condenatoria de la Audiencia Nacional que lo envió a la cárcel.
En lo referente a la condena por enaltecimiento del terrorismo, los jueces de Estrasburgo validaron los argumentos de los españoles al considerar que “las declaraciones y canciones” de Hasel constituyen “una incitación al terrorismo” y “son accesibles a un público amplio por lo que son susceptibles de tener consecuencias nefastas”.
“La apreciación dada por los tribunales españoles fue razonable y proporcionada”, agregaron, al tiempo que consideran que analizaron el caso “a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos” y que la motivación de sus sentencias es “pertinente” y “suficiente”.
Recordaron que si Hasel no hubiera tenido condenas previas no habría tenido que ingresar en prisión.
EFE