6 de marzo 2025 - 13:00hs

El próximo 3 de abril de 2025 entrará en vigencia en España la reforma a la Ley Antiokupas la cuál prevé, entre otras pautas, el desalojo "inmediato" de inquilinos que se encuentren en una situación irregular.

Las modificaciones oficializadas el 3 de enero pasado agilizará los desahucios ante este tipo de delitos, aunque se efectuarán una vez tenga lugar el juicio, no cuando se presente la denuncia.

Alquileres en España: ¿Qué dice la reforma a la Ley Antiokupas?

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La normativa normativa permitirá que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramiten bajo el procedimiento de juicios rápidos, por lo que estos podrán celebrarse en un plazo de 15 días. Por tanto, los casos de okupas se incorporarán a la lista de delitos menos graves que pueden ser tramitados por la vía rápida tras la modificación del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim).

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La reforma no afectará a las inquiokupaciones, que son los casos en los que un inquilino deja de pagar su alquiler, pero no abandona la vivienda. En cambio, sí golpeará a los casos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda.

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