Tras haber recibido a los militares que participaron en la selección de Cardama, los legisladores estuvieron este lunes con Carlos y José Miguel Delpiazzo, responsables del estudio jurídico que asesoró a Defensa en la confección de los contratos.
Los abogados –particularmente José Miguel– detallaron que intervinieron más allá del objeto para el que habían sido contratados ya que continuaron vinculados una vez que se firmó el contrato mediante consultas honorarias.
En este sentido, Delpiazzo manifestó que le hicieron varias mejoras al primer borrador sugerido por Cardama. El abogado destacó que la normativa uruguaya exige una garantía de fiel cumplimiento del 5%, un valor que el astillero quiso suprimir pero se le “dijo que no”.
“Luego, lo quería modificar por una retención del 5% de cada pago, que se le dijo que no y, finalmente, quedó lo que mandata nuestra legislación que es el 5% del valor del contrato como garantía de fiel cumplimiento. A eso se adicionó una garantía de reembolso contra el primer pago bajo el riesgo de que el primer pago, que era un 10% del contrato (alrededor de unos 8 millones de euros) tener una garantía frente a ese primer desembolso respecto al cual todavía no había ningún avance, sino que era un pago anticipado”, contó.
El abogado relató que su intención era que esa garantía fuera por el valor de los dos primeros pagos, unos 16 millones de euros, pero finalmente quedó únicamente por el primer pago y el segundo fue “condicionado a una aceptación formal de algunos aspectos por parte del ministerio, más una certificación de la sociedad de clasificación que era la Lloyd's.
Las garantías fueron uno de los temas centrales en el intercambio de los legisladores, ya que en la documentación remitida por Defensa –que incluye mails y chats– se observa que el estudio tuvo una participación activa e incluso expresó discrepancias con las propuestas –tanto por la forma como el contenido– de Cardama.
“No hubo una aprobación del estudio efectivamente a las garantías de Eurocommerce. Se hicieron algunas observaciones que habrían sido aceptadas por el Ministerio”, dijo José Miguel Delpiazzo.
Como se sabe, tras asumir la administración de Yamandú Orsi detectó que esta garantía era falsa ya que Eurocommerce no existe. “Hubo decisiones que desconozco cómo se habrán valorado internamente pero que iban en contra o eran diferentes a lo que nosotros asesorábamos”, dijo Delpiazzo al respecto.
En este sentido, el abogado relató que primero manifestaron que no conocían las condiciones generales de la garantía, las cuales fueron solicitadas pero “nunca se llegaron a conocer”. “Esas especificaciones particulares contenían un plazo de doce meses, cuando el contrato exigía que fuese una garantía de 42 meses”, agregó y recordó que no era “exactamente una garantía a primer requerimiento” –que era una de las condiciones que preveía el contrato–, sino que exigía la participación de la sociedad de calificación –Lloyds– acreditando el incumplimiento para ejecutar la garantía.
Los legisladores le preguntaron por qué en algunas comunicaciones había dicho que el astillero era “desprolijo” y si bien señaló que el término era informal sí había información objetiva que llamaba la atención. “Fueron nueve las opciones de garantías de fiel cumplimiento que se presentaron a lo largo del procedimiento, con los plazos vencidos, o se presentaban el último día de la prórroga otorgada y sin las formalidades básicas que tienen que tener”, respondió.
A modo de ejemplo relató que un “banco de Viena” presentó un draft, que era un documento muy básico, del cual “no había ni siquiera beneficiario, monto asegurado, alcance del seguro”.
A su vez “muchas de las presentaciones venían con los plazos vencidos. En la instancia final se le exigían algunas formalidades de orden, como, por ejemplo, los documentos originales con firma certificada y se enviaban fotocopias o mandaba un original diciendo que tenía un apostillado que no lo tenía”, agregó.
Delpiazzo dijo no saber “quién resolvió aprobar” o “quedó a cargo de la validación” de los últimos documentos.
La llamada con el “abogado” de Eurocommerce
Otro de los asuntos sobre los que se refirió fue una breve llamada que mantuvo con uno de los “abogados” de Eurocommerce. Contó que fue el 8 de noviembre y que el hombre se presentó a través de Cardama. “Lamentablemente, no registré el nombre y, de hecho, cuando consulté la base de datos del estudio figuraba como abogado por Cardama”.
“Esa conversación fue un viernes y esa persona quedó en mandarme el documento el lunes que cumpliera con las condiciones que le había mencionado: la certificación de la firma y la acreditación de que tenía facultades suficientes para otorgar el documento. Quedé a la espera de ese contacto directo de este abogado, pero nunca sucedió”, contó.
Luego de esto, Defensa recibió un nuevo documento de parte de Cardama que “una vez más no cumplía con esas exigencias formales que se le habían pedido”.
“Esa conversación que tuve con el abogado fue de no más de dos minutos, porque fue concretamente sobre un análisis de esta forma y no se analizaron cuestiones sustanciales del documento. Quedé un poco a la espera del contacto de esta persona que, finalmente, no ocurrió”.
Una posible rescisión
Tal como muestran los documentos de la comisión, Delpiazzo señaló que Defensa manejó en un momento rescindir el contrato por incumplimiento. “En su momento se nos comunicó que habría estado la decisión del Ministerio de Defensa Nacional de no entrar en vigor el contrato. Eso fue en agosto del 2024, concretamente el 28 de agosto me piden y envío una nota de no entrada en vigor”, mencionó.
El abogado pidió tener en cuenta que para esa fecha la última prórroga formalmente concedida estaba vencida desde marzo. “Se envió la nota y no sé la razón por la cual no se comunicó. Sí me enteré el día 6 de setiembre, por un correo recibido del Ministerio de Defensa Nacional que, efectivamente, se había dado una nueva prórroga final de 72 horas”, expresó.
“Entiendo que eso ya podría haber excedido un poco la razonabilidad –por decirlo de alguna manera– en torno a la demora esperada para constituir garantías”, agregó.
Pese a que había elementos para pedir la nulidad, aseguró que el gobierno tenía que hacer “ponderaciones” que incluyeran el interés público, no solo la hipótesis o la posibilidad de que “jurídicamente la nulidad de un contrato (fuera) posible”.
“El gobierno de la época consideró esa posibilidad y, luego, consideró otras, porque eventualmente le pareció que respondían mejor al cuidado del interés público que la nulidad del contrato”, sentenció.