Aportes patronales al BPS por retroactivos de domésticas se pueden pagar en cuotas
El Banco de Previsión Social lo facturará en abril, mayo y junio, sin multas ni recargos
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25 de abril de 2019 a las 12:46
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El Banco de Previsión Social (BPS) resolvió que los aportes por diferencia de laudo correspondientes a los tres primeros meses del año se facturarán sin multas ni recargos en los tres meses siguientes. El acuerdo en este sector de actividad venció en diciembre pasado y fue renovado recién a comienzo de abril.
A sí las diferencias de aportes a la seguridad social por retroactividad correspondientes a enero, febrero y marzo se pagarán en las facturas correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de este año, conjuntamente con el pago de las obligaciones corrientes de cada mes.
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Esto se implementa de manera automática y no es necesario que el empleador tenga que hacer ninguna solicitud o trámite, según informó el banco.
No obstante, independientemente de la modalidad elegida por el BPS para la recaudación de los aportes, si usted tiene una trabajadora que es mensual debe pagarle todo el retroactivo salarial en mayo, junto con el mes de abril ya ajustado.
Si la trabajadora es jornalera, ya este mes se puede ir pagando la hora ajustada y el retroactivo por meses anteriores pagarlo en los primeros días de mayo cuando se confeccione el recibo de sueldo.
El nuevo convenio del sector tiene un plazo de 30 meses y los ajustes corresponden al sector intermedio.
El acuerdo establece un ajuste general de 3,75% retroactivo al 1° de enero. En tanto, para aquellos salarios que no superen los $ 18.750 por 44 horas semanales ($ 98,64 por hora), tendrán un incremento adicional de 1% (4,79%) en concepto de salario sumergido.
Luego en julio habrá otro aumento semestral de 3,75% y 4,79%, respectivamente, según establece el acuerdo votado en el Ministerio de Trabajo el pasado 9 de abril.
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