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El Poder Ejecutivo exoneró a la banda Aerosmith del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por el caché generado con su show en el Estadio Centenario el miércoles 9 de octubre.

La resolución que firmó el presidente José Mujica se basa en "las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el artículo 312 de la Ley Nº 19.996, de 7 de noviembre de 2012". Esta norma es la Rendición de Cuentas vigente desde el 1 de enero de 2013, que habilita a la Presidencia a exonerar de IVA el caché de los artistas extranjeros.

Según dijo a El Observador el director general de Rentas, Pablo Ferreri, si un espectáculo extranjero obtiene la declaratoria de interés nacional que otorga el Ministerio de Educación y Cultura o el Ministerio de Turismo, "el Ministerio de Economía y Finanzas puede, con el presidente, firmar la exoneración".

Ferreri afirmó que "el espíritu es que sea para mega shows que por su estructura de costos, si no tuvieran esa exoneración, no se podrían realizar en Uruguay".

Por su parte, Pedro Apezteguía, director del Ministerio de Economía, sostuvo que "no todo evento declarado de interés nacional necesariamente tiene la exoneración", y que es el presidente el que decide.

Según contó el funcionario a El Observador, la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía está trabajando en una "propuesta de reglamentación de los procedimientos", ya que hasta ahora han sido analizados caso a caso. Apezteguía dijo que se aplica la ley pero sería necesario reglamentar conceptos como "trascendencia cultural y artística" para los espectáculos de extranjeros.

Entre los ministerios involucrados, Cultura, Turismo y Economía, deberán definir cómo se valora el interés y cuál es el proceso justo por el que debe transitar cada espectáculo para que la decisión no recaiga en última instancia en el criterio del presidente.

Apezteguía se manifestó a favor de establecer "reglas de juego" más precisas porque "la intención es que (la exoneración del IVA) se vea reflejada de alguna manera en el precio del espectáculo". Y agregó: "No parece tener mucho sentido que un espectáculo que ya se vendió todo a determinado precio sin tener exoneración luego la tenga. Por eso queremos proponer una reglamentación simple, para que todo el mundo sepa a qué atenerse, fundamentalmente los productores que son quienes hacen los trámites".

Sobre la exoneración del IVA a artistas nacionales

Según indicó Pablo Ferreri a El Observador, "los artistas nacionales hace años que están exonerados del IVA". El jerarca hizo referencia al Texto Ordenado de la Dirección General Impositiva, de 1996, que contempla los espectáculos de artistas que residen en Uruguay.

El director de la DGI agregó que en estos casos "no se firman resoluciones porque es para todos".

Ferreri comentó que los artistas residentes en Uruguay y los extranjeros pagan IRPF o impuesto a la renta de no residentes por el caché generado en los espectáculos.

El error en la resolución de Aerosmith

El documento del Poder Ejecutivo tiene un error en la fecha. La resolución habla del espectáculo que se realizará el 4 de octubre, cuando se desarrolló el 9 de octubre. Según supo El Observador, está corriendo una resolución modificativa.

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