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Deliveries esperan hace dos años por reglamentación del sector

Todavía no fue creado en el Registro Único de Servicios en la IMM
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02 de agosto de 2014 a las 23:06

El decreto que regula la actividad de los deliveries todavía no ha sido reglamentado por la Intendencia de Montevideo (IMM) a pesar de que fue aprobado por la Junta Departamental en junio de 2012. “Duerme la siesta de los justos”, expresó Daniel Cañete, representante para el sector cadetería en la Federación Uruguaya de Comercio y Servicios (Fuecys).

El retraso se debe a la habilitación del rubro a través del Servicio de Contralor y Registro de Vehículos, para lo que el decreto Nº 34.234 estableció que debe crearse un Registro Único de Servicios. El permiso que expida la comuna deberá ser renovado cada año y el comerciante tendrá que presentar la nómina de los repartidores y notificar los cambios de personal.

La edila frenteamplista Maite López, promotora de la norma, dijo a El Observador que “insistió algunas veces” para acelerar su reglamentación porque estaba “preocupada” por la suerte del proyecto, pero que “se está trabajando en ese proceso”. Aunque añadió: “Tendremos que seguir presionando”. El Observador no pudo contactarse con las autoridades del Departamento de Movilidad Urbana de la IMM.

Ante la falta del registro, no hay una estadística formal que cuantifique a estos trabajadores, aunque se estima que hay unos 5.000 repartidores en todo el país. Las pizzerías y los restaurantes concentran a más de 2.000 empleados; seguidos en importancia por farmacias y mensajerías. Según cálculos de Fuecys, las cadenas de farmacias tienen al menos tres repartidores por local.

Sin la reglamentación, Cañete sostuvo que seguirá imperando un “círculo vicioso” por el que el delivery trabaja alrededor de 14 horas (por ejemplo, un turno matutino en una farmacia y uno nocturno en una pizzería) diarias sobre una moto que no tiene garantizadas sus condiciones, cobra por hora y asume de su bolsillo el seguro de la moto y la carga de combustible. “Es un mundo muy descarnado. Es un mundo aparte de las reglas laborales”, definió.

El artículo 4º del decreto estableció que la moto debe cumplir con condiciones técnicas y estructurales que deben ser avaladas por el Servicio de Contralor y Registro de Vehículos. Al no estar en vigencia, el dirigente de Fuecys dijo a El Observador que ningún patrón “pide si la moto está en condiciones” y ni siquiera pregunta “si tiene libreta de conducir”. Y agregó: “Le piden que salga y nada más”. Tampoco se le consulta si cuenta con el Seguro Obligatorio de Automóviles. Y, a juicio de Cañete, es una falta de muchos trabajadores. “Muchas veces el trabajador no colabora. Es muy volátil. Si tienen un accidente no los cubre absolutamente nada pero viven el día. La pizzería les conviene más porque es plata en el bolsillo”, agregó.

El decreto ordena que el delivery debe exhibir documentación habilitante y adhesivo identificatorio en el vehículo, permiso de conducir, seguro obligatorio, chaleco reflectivo, casco certificado, indumentaria adecuada para días de lluvia, carné de salud y carné de manipulación de alimentos (en caso de corresponder). La Ley 19.061 complementaria a la Ley de Tránsito es la que asegura, al menos, el uso del casco y del chaleco.

En 2012, cinco deliveries ingresaban al Banco de Seguros del Estado (BSE) por lesiones cada semana, por lo que constituían entonces el segundo grupo de trabajadores del transporte con más siniestros.

La norma obliga al empleador a contratar un seguro con cobertura de accidente de trabajo y enfermedades profesionales. No obstante, Cañete señaló que el sindicato recibió denuncias de cadetes que fueron asegurados como “trabajador interno” y no como un “trabajador de calle” y, por lo tanto, más expuesto al riesgo, para que la póliza resultara más barata. En ese sentido, una empresa se ahorraría de pagar aproximadamente $ 35 cada $ 1.000 y solo pagaría $ 7. “Hay una deficiencia del Estado en el sector, en particular, de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social”, afirmó.

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