ver más

El integrante de laComisión de Promoción y Defensa de la Competencia, Javier Gomensoro, reconoció, en conversación con El Observador, que existe un “un vacío legal” en la fiscalización del control de precios, puesto que se puede establecer cuando estos son abusos producidos por colusiones o monopolios, pero no se dice cuánto es un margen de ganancia “correcto”.

La explicación la dio ante consultas referentes al artículo que publicó El País hoy, que señala que el mencionado organismo del Ministerio de Economía iniciará investigaciones a la fijación de precios de determinados productos importados debido a la denuncia que elevó el senador Eduardo Brenta.

La ley uruguaya no permite los siguientes escenarios en cuanto a la fijación de precios:

-Cuando un actor con porción mayoritaria del mercado o monopólica impone precios considerados abusivos
-Colusión: cuando varias empresas acuerdan de forma tácita o explícita un determinado nivel elevado de precios.

El caso mencionado por Brenta refiere, entre otros productos, al precio de una determinada pasta de dientes cuyo precio de importación es de US$ 0,52, que ya en Uruguay agregándole un porcentaje de costos y gastos de 15%, quedaría con un costo de US$ 0,60 (entre $U 13 y $U 14) y se vende en supermercados a $U 137.

Este, entre otros productos de marcas líderes de limpieza, higiene personal y alimentación, dieron pie a la indagatoria en la que se efectúa un estudio de mercado, que dependiendo el caso, vigila que haya existido un acuerdo entre empresas para determinar un caso de colusión, y se evalúa la estructura de precios, para ver si estos son abusivos.

El comisionado dejó en claro que no se sabe si la denuncia señala que son las importadoras las que presuntamente incurren en una falta; ya que no descartan que puedan ser los supermercados.

El tiempo que demora el proceso de investigación es variable, “puede llevar dos meses o dos años”, explicó Gomensoro. Y las sanciones, en caso de probarse irregularidades son de un mínimo de 280.000 pesos, o tres veces el monto del perjuicio realizado al consumidor o un 10% de la facturación anual de la compañía. Además, se puede directamente prohibir que se mantenga un determinado precio.

Para comenzar con la investigación, la abogada Patricia Ordoqui, asesora de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, recibió del senador Brenta la información de los productos denunciados.

El Observador intentó contactar al gerente general de Colgate Palmolive en Uruguay, Raúl Baldo, para averiguar sobre su postura sobre este tema, pero su secretaria informó que este prefiere no realizar declaraciones sobre los trascendidos.

Seguí leyendo