La Corte Electoral habilitará un método para presentar el certificado médico online
Además, los electores que no vayan a votar también podrán pagar la multa online
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26 de septiembre de 2020 a las 13:33
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Este domingo las elecciones departamentales se realizarán en el contexto de la pandemia por coronavirus. La población de riesgo, que incluye a los mayores de 65 años y personas con distintas comorbilidades, va a poder presentar un certificado médico en caso de no poder concurrir a votar, afirmó a El Observador la ministra de la Corte Electoral, Ana Lía Piñeyrúa.
Para facilitar el trámite y evitar aglomeraciones a partir del martes quienes quieran podrán realizar el trámite a través de la pagina de la Corte Electoral agregó la ministra. "Va a haber un lugar en el programa donde se va a poder adjuntar el certificado médico", aseguró.
El certificado debe ser expedido por el médico tratante (con timbre profesional) o por un médico dependiente del MSP. La Junta Electoral lo evaluará y le comunicará, dentro de un plazo razonable, si está aceptado o no. En el caso de que no la persona deberá pagar la multa.
Según la Ley N° 16.017 el costo de la multa corresponde a 1 Unidad Reajustable (UR), equivalente a $ 1.283,07, y 2 UR si es funcionario público o profesional universitario.
Además, la Corte Electoral habilitará un link donde los electores que no fueron a votar podrán pagar la multa a través de la página web. Se ofrecerá un pool de medios de pago de transferencia bancaria o redes de cobranza. Se debe justificar el no haber votado dentro de los 30 días posteriores a la elección.
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Diego Vila
Justificación del voto y consecuencias
Aquellas personas que no presenten justificación no podrán:
- Otorgar escrituras públicas, salvo testamentos y la provenientes de ventas judiciales. En este último caso la excepción no rige para el comprador.
- Cobrar dietas, sueldos, jubilaciones y pensiones de cualquier naturaleza, excepto la alimenticia.
- Percibir sumas de dinero que por cualquier concepto les adeude el Estado (Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, municipio, entes autónomos y servicios descentralizados).
- Ingresar a la administración pública.
- Inscribirse ni rendir examen ante cualquiera de las facultades de la universidad, ni institutos normales, ni institutos de profesores.
- Obtener pasaje para el exterior de ninguna empresa o compañía de transporte de pasajeros.
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