Las jubilaciones tendrán un aumento preliminar de 7,57% a partir de enero
El ajuste se cobrará con el pago que se efectiviza en febrero; en marzo habrá otro pequeño ajuste
Tiempo de lectura: -'
30 de diciembre de 2020 a las 14:32
Te quedan {{observador.articlesLeft}} notas gratuitas.
Accedé ilimitado desde US$ 3 45 / mes
El Instituto Nacional de Estadística (INE) divulgó, este miércoles, el Índice Medio de Salarios Nominales (IMSN) que en el acumulado anual a noviembre fue de 7,57 %. Ese será el aumento piso que percibirán los jubilados y pensionistas el año próximo.
Con el IMSN del período comprendido entre enero y noviembre se establece el ajuste de las jubilaciones que rige a partir de enero de 2021, y que será percibido en los pagos de febrero.
Cuando se conozca el resultado del IMSN de todo el año ese piso de 7,57% tendrá un leve ajuste y se reliquidarán las diferencias en el pago correspondiente a febrero, con lo que el aumento completo se cobrará en marzo.
En 2020, y luego de 14 años en que las pasividades habían aumentado por encima de la evolución de la inflación, la corrección de 8,57% fue levemente inferior a la evolución de los precios (8,79 %) y no hubo crecimiento real.
Para el cierre de año la mediana de respuestas de la encuesta de expectativas del Banco Central (BCU) espera que la inflación se ubique en 9,3%. El dato oficial se conocerá la semana entrante. De todas formas, es más que probable que las jubilaciones vuelvan a perder poder adquisitivo por segundo año consecutivo. El director en representación de los jubilados en el BPS, Sixto Amaro, estimó esta pérdida en alrededor de 2%.
Leé también
Cómo se pagan las jubilaciones
Hace poco más de dos años la ley de Inclusión Financiera estableció que las jubilaciones y pensiones con altas posteriores a noviembre de 2015 debían cobrarse a través de medios electrónicos. Esa obligación duró poco y, a fines de 2018, el Poder Ejecutivo introdujo algunas flexibilizaciones.
Ahora las personas mantienen el derecho de acceder de forma gratuita a una cuenta bancaria o instrumento de dinero electrónico para cobrar su retribución si así lo quieren, pero se les exime de la obligación de cobrar por estos medios y lo pueden hacer también en efectivo.
Es decir, que pueden optar por cobrar en efectivo en los agentes habilitados del Banco de Previsión Social (BPS), o a través de una cuenta bancaria en instituciones de intermediación financiera (BROU y bancos privados) o instituciones emisoras de dinero electrónico: Mi Dinero, Prex y Anda.
Esta nota es exclusiva para suscriptores.
Accedé ahora y sin límites a toda la información.
¿Ya sos suscriptor?
iniciá sesión aquí
Alcanzaste el límite de notas gratuitas.
Accedé ahora y sin límites a toda la información.
Registrate gratis y seguí navegando.
¿Ya estás registrado? iniciá sesión aquí.
Para comentar debe iniciar sesión.