Salto prohíbe el uso y comercialización de pirotecnia sonora y establece multas
Ya son nueve los departamentos del país que tienen restricciones al uso de fuegos artificiales
La Intendencia de Salto resolvió prohibir el uso y la venta de pirotecnia sonora y fijará multas en unidades reajustables ante eventuales incumplimientos. Así lo anunció este lunes el jefe comunal salteño, Andrés Lima. La prohibición, explicó, alcanza tanto al uso doméstico como al de los espectáculos privados.
El monto de las multas todavía no fue definido pero tendrán una escala según la gravedad del incumplimiento, y lo recaudado tendrá un triple destino. Por un lado, la realización de una campaña de concientización a la población ante el uso de estos fuegos artificiales. Por otro, financiar instituciones que trabajan con personas autistas y, por último, dar fondos a organizaciones protectoras de animales.
Lima destacó que Salto se convierte así en uno de los primeros departamentos del país en prohibir el uso de pirotecnia sonora.
En la práctica, ya son nueve las intendencias que incorporaron reglamentación al respecto: ya lo hicieron Paysandú, Río Negro, Soriano, Colonia, Flores, Durazno, Lavalleja y Rocha.
A nivel nacional, desde el año pasado se analiza en el Parlamento un proyecto de ley presentado por la bancada de Cabildo Abierto que, de prosperar, prohibiría el uso de pirotecnia sonora en todo el territorio nacional.