Devolución del IVA: cómo acceder al beneficio

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Todo sobre la devolución del IVA: cómo acceder al beneficio y qué trámites hacer

El nuevo régimen entrara en vigencia este lunes y alrededor de 20 millones de personas pueden acceder al beneficio
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17 de septiembre de 2023 a las 15:24

Uno de los anuncios que mayor impacto tuvo del paquete de medidas que viene anunciando Sergio Massa es sin dudas la devolución del IVA que según las estimaciones alcanzará a 20 millones de personas.

Este sábado el gobierno formalizó la modalidad y el universo de beneficiarios del nuevo programa de devolución del Impuesto al Valor Agregado( IVA) para la canasta básica “Compre sin IVA”, que regirá para las operaciones que se realicen desde el lunes.

Quiénes podrán acceder al beneficio

Para acceder al beneficio -que devolverá el 21% del IVA de estos productos- se deberá abonar con tarjeta de débito físicas de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR.

Luego de la transacción, el monto será reintegrado a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0:00 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17 horas.

Una vez realizados los reintegros, estos aparecerán en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador “Reintegro programa Compre sin IVA”.

Se podrá acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.

La iniciativa se extenderá hasta el 31 de diciembre próximo, aunque el Poder Ejecutivo elevará un proyecto de ley para reducir de forma permanente la carga tributaria que recae sobre los bienes de la canasta básica.

Devolución del IVA: quiénes podrán acceder al beneficio 

Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:

  • Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.
  • Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.
  • Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.
  • Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. 
  • Personal de Casas Particulares.
  • Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.

Devolución del IVA: ¿qué pasa si no estoy incluido?

Si bien se pensaba que esta base es posible que no esté "actualizada", ya se activaron los sistemas para que 18 millones de personas puedan acceder al beneficio este lunes sin trámite previo.

Estas disposiciones entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial que fue el jueves pasado y resultarán de aplicación para las operaciones que se realicen a partir de las 0 hs. del 18 de septiembre de 2023.


 

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