Inés Guimaraens

Tribunal confirmó un fallo que obliga a Uber a pagar aguinaldo y salario vacacional a un exchofer

La resolución indica que el conductor utiliza una tecnología que es "dirigida y controlada" por la empresa estadounidense

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03 de junio de 2020 a las 18:54

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El Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 1er Turno resolvió este miércoles que Uber deberá pagarle al exconductor Esteban Queimada el salario vacacional y aguinaldo.

El fallo, que confirma la sentencia de primera instancia del Juzgado Letrado del Trabajo de la Capital de 6° Turno, asegura que hay una relación laboral entre la empresa estadounidense y este socio conductor.

La resolución aclara que Queimada utilizando la tecnología suministrada por Uber "dirigido y controlado" por la compañía. Según establece, existe "un contrato de adhesión sin el mínimo poder de negociación para el conductor".

Por eso, "pesa mayoritariamente la posición de Esteban Queimada respecto de la ajenidad de organización del programa de acción para el desarrollo de la obligación comprometida", indica.

En el fallo de primera instancia, promulgado en noviembre del año pasado, el juzgado había resuelto que Uber tiene un modo de actuar "típico de un patrón": sanciona al empleado ya sea bloqueándolo de la aplicación cuando tiene algún incidente con el pasajero. Y también le premia la productividad cuando está bien puntuado.

En ese fallo se condena a la parte demandada "a abonarle al conductor los rubros laborales individualizados".

Nicolás Pizzo, abogado de Queimada, dijo que el caso "va a volver al juzgado original de primera instancia que va a decir que se cumpla la sentencia". "Si (Uber) no cumple, se tendrá que intimar y seguir los mecanismos procesales", indicó.

La respuesta de la empresa

Uber "lamentó" la decisión del tribunal. "Nos preocupan las implicancias que este tipo de decisiones pueden tener para todos los uruguayos que buscan una oportunidad para generar ganancias adicionales de manera independiente a través de la plataforma. Este es un caso de suma importancia para la comunidad de socios conductores en Uruguay, por lo que vamos a estudiar la sentencia para definir los próximos pasos.”

La compañía estadounidense había apelado este fallo tras el fallo de primera instancia y había dicho en ese momento que lamentaba que la justicia "no haya reconocido la naturaleza comercial de la relación con el socio conductor". "Son los mismos socios conductores quienes a través de encuestas, reuniones y conversaciones resaltan el valor de la flexibilidad y la autonomía, como los principales atributos de manejar utilizando la app de Uber", dijeron en un comunicado.

Cuando Queimada había acudido a la Justicia, había dicho que la compañía llevaba a cabo que la firma llevaba adelante una "dependencia laboral encubierta". 

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