Violó y golpeó dos veces a su pareja y la Justicia le otorgó libertad vigilada
El hombre tenía antecedentes violentos pero llegó a un acuerdo con la Fiscalía y el caso se resolvió en un juicio abreviado
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13 de agosto de 2018 a las 16:32
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Esto ocurrió entre el 3 y 4 de noviembre de 2017 y, según informó Subrayado y consta en los documentos a los que tuvo acceso El Observador, por estos dos delitos de violación en reiteración real el hombre no fue a prisión, porque llegó a un acuerdo con la fiscal especializada en Delitos Sexuales, Mariela Luzi. El imputado cumplirá tres años y ocho meses de condena con libertad vigilada. El delito se castiga con pena de dos a doce años de penitenciaría.
El pacto, por el que se consumó un proceso abreviado –una de las nuevas figuras contempladas en el nuevo Código del Proceso Penal– fue ratificado por la Justicia este 10 de agosto. La norma define que los fiscales pueden acordar con los delincuentes la reducción de hasta un tercio de la pena, a cambio de que el imputado asuma su responsabilidad en lo que se le acusa y todo el juicio se resuelva en una sola audiencia. Y así, el Ministerio Público gana en tiempo y recursos, y no se arriesga a perder el litigio, en el que la exigencia de pruebas es mucho mayor.
La mujer logró salir de la casa porque el hombre le había quitado el celular y vio los mensajes que la madre de la víctima le había enviado a su hija por motivo de su cumpleaños diciéndole que esperaba verla. Fue con esa excusa que salió a calle pero en realidad fue a la Policía a hacer la denuncia.
En el informe forense, citado en el dictamen de la fiscal, surge que en su cuerpo se encontraron "hallazgos compatibles con relación sexual violenta, (y) con lesiones extragenitales". Recibió lesiones en el cuello, que le causaron disfonía –cuando intentó ahorcarla–, en una de sus rodillas y en la vagina. "El tacto es doloroso sin nada al aguante", escribió la fiscal, según se desprende de ese informe.
Además, el hombre tenía antecedentes: en enero de 2017, su pareja lo había denunciado en la Justicia de Familia Especializada, y se había decretado contra él prohibiciones de acercamiento, relacionamiento y comunicación por cuatro meses, aunque ninguno de los dos cumplió con esa disposición.
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El hombre cumplió 60 días en prisión domiciliaria y luego, el 24 de mayo, la fiscal Luzi fundamentó en su acusación que la violación ameritaba "una severización de la pena", por lo que solicitaba entonces que fuera condenado a tres años y ocho meses de cárcel.
Pero esa pena, de todos modos, encuadraba dentro de los requisitos para que pudiera formularse un proceso abreviado, tal como ocurrió dos meses y medio después. En el artículo 272 del CPP se exige que este acuerdo solo pueda tener lugar si la pena que pide la Fiscalía es menor a los seis años de penitenciaría.
Es así como el victimario, en lugar de los tres años y ocho meses de cárcel que había pedido Luzi, pagará en cambio con un "régimen de libertad vigilada intensiva", que implica que se someta a un tratamiento psicológico "por su problema de violencia", además de residir en un domicilio fijo y presentarse todas las semanas a la seccional policial más próxima. El Observador intentó contactar a la fiscal Luzi para consultarla sobre el caso pero la fiscal no atendió los llamados
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