23 de julio 2026 - 12:37hs

Los Empleados de Comercio alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75 aguardan por la definición del próximo acuerdo paritario correspondiente al segundo semestre de 2026.

La actualización que impactará en los sueldos de los mercantiles de supermercados, comercios y de la rama general, buscará dar salida a una de las disyuntivas que muestra el entendimiento sellado en abril: la incorporación de las sumas no remunerativas de hasta $ 120.000 al básico, lo que dejará un monto mayor de retención en la instancia de liquidación.

Se define un nuevo aumento para los Empleados de Comercio

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"Seguramente ahora los porcentajes se van a discutir directamente sobre el básico. Esa es la etapa que viene", anticipó el secretario general del Centro de Empleados de Comercio (CEC) de Neuquén y dirigente de la CGT, Ramón Fernández, en diálogo con Lmneuquen.

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El convenio de abril otorgó un incremento del 5% distribuido en tres meses, además de fijar una nueva instancia de negociación para julio a fin de activar la actualización de los salarios.

Según informó el blog Ignacio Online, una de las alternativas que analiza el gremio es negociar un incremento para el trimestre julio-septiembre que acompañe la evolución de la inflación.

Mientras continúan las reuniones entre el sindicato y las cámaras empresarias, los trabajadores se enfrentar a un cambio certero en la liquidación a pagarse en agosto: las sumas no remunerativas pactadas se incorporarán al salario básico en su valor nominal, dejando como resultado un mayor monto de retención.

¿A cuánto suben los salarios básicos de los Empleados de Comercio?

Maestranza A

Salario bruto: $ 1.233.585

Maestranza B

Salario bruto: $ 1.236.794

Maestranza C

Salario bruto: $ 1.248.038

Administrativo A

Salario bruto: $ 1.245.631

Administrativo B

Salario bruto: $ 1.250.454

Administrativo C

Salario bruto: $ 1.255.270

Administrativo D

Salario bruto: $ 1.269.729

Administrativo E

Salario bruto: $ 1.281.775

Administrativo F

Salario bruto: $ 1.299.445

Cajeros A

Salario bruto: $ 1.249.646

Cajeros B

Salario bruto: $ 1.255.270

Cajeros C

Salario bruto: $ 1.262.499

Auxiliar A

Salario bruto: $ 1.249.646

Auxiliar B

Salario bruto: $ 1.257.677

Auxiliar C

Salario bruto: $ 1.284.184

Auxiliar especializado A

Salario bruto: $ 1.259.287

Auxiliar especializado B

Salario bruto: $ 1.273.743

Vendedor A

Salario bruto: $ 1.249.646

Vendedor B

Salario bruto: $ 1.273.746

Vendedor C

Salario bruto: $ 1.281.775

Vendedor D

Salario bruto: $ 1.299.445

¿Qué retenciones se aplicarán a los nuevos básicos para los Empleados de Comercio?

  • Aporte jubilatorio (SIPA). Es el 11% de todos los conceptos remunerativos. Existen algunas actividades especiales en las cuales este porcentaje varía.
  • Aporte al PAMI (INSSJP). Ley 19.032. Es un porcentaje de todas las sumas remunerativas. Se destina a financiar la obra social de los/as jubilados/as.
  • Aporte a la obra social. Es el 3% y financia la cobertura de salud del trabajador y su familia.
  • Aporte sindical. En el caso de comercio, corresponde al 2% según lo establecido por la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales. Dicho porcentaje se descuenta a todos/as los/as trabajadores/as bajo convenio 130/75, independientemente estén o no afiliados al Sindicato; y luego la empresa lo envía al gremio, destinado a la representación gremial.
  • Cuota sindical. Existen convenios con empresas a través de los cuales se descuenta por recibo de sueldo la cuota sindical (afiliación voluntaria al gremio que permite acceder a los beneficios), que actualmente representa un aporte solidario de $130 por titular afiliado/a.
  • Impuestos (retención de Ganancias). El empleador actúa como agente de retención de este tributo: descuenta del sueldo el monto correspondiente y lo ingresa a la AFIP.
  • Seguro colectivo. Los/as empleadores están obligados a contratar un seguro de vida para todos sus trabajadores.
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