15 de enero 2026 - 9:05hs

La medida oficializada a traves de la Disposición 22/2026 forma parte de una serie de penalidades aplicadas a la firma LADECE S.A. (CUIT N° 30-58096042-8), con domicilio en la calle Suipacha N° 245 de Rosario, provincia de Santa Fe. El artículo 1° del texto inhibió preventivamente las actividades productivas de dicha compañia.

ANMAT
Nueva alerta de ANMAT

Nueva alerta de ANMAT

Las actuaciones referidas se iniciaron a partir de una comunicación recibida vía correo electrónico del Departamento de Inspección de Farmacia 2da Circunscripción dependiente de la Dirección Provincial Red de Medicamentos, Insumos y Tecnología Sanitaria del Ministerio de Salud santafesino, informando sobre varias irregularidades respecto a algunos productos y aportando el acta de inspección realizada por dicha Autoridad Sanitaria Jurisdiccional.

Más tarde, y como consecuencia de la evaluación del documento, la información obrante en el Departamento de Vigilancia Post Comercialización y Acciones Reguladoras, en el Legajo Electrónico del Establecimiento y habiéndose efectuado la consulta sobre los productos mencionados a la Secretaría Técnica de Farmacopea Argentina; se observaron incumplimientos a las normativas vigentes sobre la elaboración de productos no autorizados.

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Productos Ladece

Productos Ladece

De acuerdo al Acta de Inspección, no se encontraron registros respecto a la producción, elaboración y comercialización de los productos ALCOHOL ISOPROPÍLICO y ESENCIA DE EUCALIPTUS.

"Respecto a los productos ALCOHOL ISOPROPÍLICO, ESENCIA DE EUCALIPTUS y BORATO DE SODIO no se encuentran enumerados en el listado que como ANEXO I forma de la Disposición ANMAT Nº 8417/2016 correspondiente a drogas y medicamentos oficiales codificados en la edición vigente de la Farmacopea Argentina que pueden ser fraccionados, elaborados y comercializados con destino al comercio interjurisdiccional por laboratorios habilitado por tal fin", sumó la ANMAT.

¿Cuáles son los productos prohibidos por la ANMAT?

La prohibición de uso, comercialización y distribución en todo el país establecida este jueves por la ANMAT recae sobre productos sanitarios de venta libre entre los que se encuentran:

  • ALCOHOL ISOPROPÍLICO,
  • ESENCIA DE EUCALIPTUS,
  • BORATO DE SODIO,
  • CLORURO DE MAGNESIO,
  • ÁCIDO BÓRICO,
  • PASTA LASAR,
  • ALCOHOL BORICADO al 5%
  • POMADA ESTEARATO DE AMONIO (en todas sus presentaciones)
Disposición 22

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