Este viernes, la investigación sobre el Caso Maldonado experimentó un nuevo giro. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia decidió reabrir por segunda vez el caso, anulando así el archivo del expediente y el sobreseimiento de los involucrados dictaminados el año pasado. Además, ordenó apartar al juez Gustavo Lleral.
En su decisión, los jueces del tribunal patagónico, Javier M. Leal de Ibarra y Aldo Suárez, instaron a profundizar en las medidas de investigación pendientes. Sin embargo, destacaron que se descartó la hipótesis de desaparición forzada de persona, defendida por las querellas y previamente señalada en 2018.
Con este nuevo curso de acción, el expediente será reexaminado bajo la dirección del juez federal de Ushuaia, Federico Calvete, convirtiéndose en el tercer magistrado que asume el caso. Según la Cámara Federal, el expediente experimentó una prolongada "inactividad", y se señaló la "reticencia" del juez Lleral para agotar los medios de prueba disponibles, como se le había instruido previamente en un fallo anterior. Las fuentes consultadas resaltaron la necesidad de completar las medidas pendientes.
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El caso Maldonado marcó un punto de inflexión durante la gestión de Patricia Bullrich en el gobierno de Macri, al igual que el caso del policía Luis Chocobar. Este último también tuvo novedades recientes cuando la Cámara Federal de Casación Penal anuló su condena y ordenó un nuevo juicio.
En otro contexto, la ministra Bullrich denunció penalmente al ex secretario de Derechos Humanos Horacio Pietragalla por los delitos de "traición a la Patria, abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionarios públicos", en relación con la presentación que realizó el Estado argentino, bajo la gestión de Alberto Fernández, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la muerte de Maldonado.
El 1 de agosto de 2017, la Gendarmería Nacional desalojó un corte en la comunidad mapuche "Pu Lof en Resistencia" sobre la ruta 40. Santiago Maldonado, un mochilero presente en la comunidad, huyó hacia la vegetación y desapareció en el cruce del río Chubut. Este hecho ocurrió dos semanas antes de las PASO del gobierno de Macri, generando marchas y movilizaciones con el lema "¿Dónde está Santiago?".
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El 22 de septiembre de 2017, el juez federal de Esquel, Guido Otranto, quien inicialmente había tramitado el habeas corpus, fue apartado de la causa a solicitud de la parte acusadora debido a preocupaciones sobre su imparcialidad. Esto surgió después de que el magistrado expresara en una entrevista su opinión sobre la posible causa de la desaparición de Santiago Maldonado, sugiriendo que el ahogamiento era una opción más plausible en función de las pruebas disponibles, descartando otras posibilidades como heridas de bala o golpes.
La responsabilidad de la investigación pasó entonces al juez de Rawson, Gustavo Lleral. El 17 de octubre de 2017, una semana antes de las elecciones generales de medio término, se encontró el cuerpo de Maldonado en el río Chubut, dentro del Pu Lof que había sido allanado el día de su desaparición. Habían pasado 77 días desde que se había perdido su rastro.
La autopsia realizada en Buenos Aires concluyó que la causa de su muerte fue ahogamiento por sumersión en el agua, con contribución de hipotermia, indicando que permaneció siempre bajo el agua y no en otro medio. Se descartó la presencia de lesiones o traumas asociados a una muerte intencional.
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En noviembre de 2018, el juez Lleral cerró el caso y sobreseyó completamente a Emmanuel Echazú, oficial del Escuadrón N° 35 “El Bolsón” de la Gendarmería Nacional Argentina, respecto al delito de desaparición forzada de Santiago Maldonado. Esta decisión se basó en la conclusión de que la muerte fue accidental y no se pudo responsabilizar a nadie por ella.
Sin embargo, la familia de la víctima, en colaboración con cuatro organizaciones de derechos humanos, presentó una apelación. Para Sergio Maldonado, hermano del joven, la desaparición de su hermano ocurrió en medio de una represión planificada en un contexto de alta tensión entre el gobierno de Mauricio Macri y las demandas de los grupos mapuches. Incluso se planteó la posibilidad de que el cuerpo del joven fuera "plantado" en el río después de ser "criogenizado".
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En septiembre de 2019, la Cámara revocó el sobreseimiento, argumentando que el cierre del caso había sido "prematuro". Aunque rechazaron la idea de desaparición forzada, instaron a reconstruir los momentos previos a la desaparición y señalaron la figura de abandono de persona. Los jueces destacaron: “Se investigó una única hipótesis delictiva (la desaparición forzada de persona) -aquí definitivamente descartada-sin que haya sido objeto de valoración y pronunciamiento algún nexo causal entre cualquier omisión del personal de Gendarmería o de quienes se introdujeron en el río con Santiago Maldonado”.
En agosto de 2023, antes de las elecciones PASO, el juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, sobreseyó a los cuatro gendarmes implicados en la investigación: Echazú y los agentes Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra. Estaban acusados de daño, abuso de autoridad y omisión de deberes de funcionario público.
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El juez escribió: "La verdad se mostro sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por ultima vez. Alli, el, solo, sin que nadie lo notara, se hundio, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman habia evitado caer cuando se propuso cruzar el rio luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murio ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguian en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos".
El fallo descartó el delito de abandono de persona, describiendo, “La desesperacion, la adrenalina y la excitacion naturalmente provocadas por la huída; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raices cruzadas en el fondo; el agua fria, helada, humedecio su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo. Esa sumatoria de incidencias contribuyo a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxigeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatidico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”. El cadáver quedó atrapado en el denso ramaje subacuático, permaneciendo inerte y oculto hasta su descomposición natural y los cambios climáticos.
La querella apeló nuevamente, y la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó el fallo, apartando además a un nuevo juez. Los jueces Leal de Ibarra y Suárez reiteraron la necesidad de agotar las medidas pendientes para esclarecer completamente los hechos y responder todas las preguntas pendientes.