Después de un septiembre sin días festivos nacionales, el viernes 12 de octubre da inicio a un nuevo fin de semana extendido. Este periodo se compone de dos días feriados seguidos, según lo establecido en el calendario oficial.
El 12 de octubre, que conmemora el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, es un feriado nacional que también coincide con un sábado.
Aunque se trata de un feriado trasladable, en esta ocasión, el Gobierno optó por incluir el viernes 11 de octubre como día festivo con el objetivo de fomentar el turismo, creando así un fin de semana largo.
Así, en octubre hay dos días festivos: el viernes 11 y el sábado 12, que se suman al domingo 13 para dar lugar a un fin de semana prolongado de tres días.
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En este escenario, dado que muchos argentinos estarán trabajando este viernes, surge la pregunta sobre cómo se maneja esta situación y cuál debería ser la forma adecuada de pago.
Según la legislación argentina, específicamente la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, si un empleado trabaja en un feriado nacional, como el viernes 11 de octubre, tiene derecho a recibir el pago doble por las horas que trabaje ese día.
El pago doble se aplica exclusivamente para los feriados nacionales, aunque se consideren con fines turísticos. En contraste, los días no laborables son opcionales para los empleadores y, si se trabaja en esos días, no existe la obligación de realizar un pago adicional.
Algunos de los días no laborables incluyen celebraciones como el Jueves Santo, la Fiesta del Sacrificio y el Día del Perdón, entre otros.
El Artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo establece el monto a percibir por los servicios prestados en días de asueto. Esta parte de la legislación aclara que las disposiciones sobre descanso se aplican para los feriados nacionales.
“En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”, señala la Ley de Contrato de Trabajo.
Los trabajadores están protegidos por la Ley N° 20.744, conocida como la Ley de Contrato de Trabajo. Según el Artículo 165 y los artículos posteriores, los empleados no tienen la obligación de trabajar en días feriados, destacando que esto se aplica a los asuetos inamovibles.
Calendario 2024 en Argentina: feriados inamovibles
- 1 de enero: Año Nuevo
- 12 y 13 de febrero: Carnaval
- 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
- 29 de marzo: Viernes Santo
- 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- 1 de mayo: Día del Trabajo
- 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
- 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano
- 9 de julio: Día de la Independencia
- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
- 25 de diciembre: Navidad
Calendario 2024 en Argentina: feriados trasladables
- 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín
- 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
Los fines de semana largos de 2024 en Argentina
- Desde el 30 de diciembre de 2023 al 1 de enero de 2024: fin de semana largo de 3 días.
- Desde el 10 de febrero al 13 de febrero: fin de semana largo de 4 días.
- Desde el 29 de marzo al 2 de abril : fin de semana largo de 5 días.
- Desde el 15 de junio al 17 de junio: fin de semana largo de 3 días.
- Desde el 20 de junio al 23 de junio: fin de semana largo de 4 días.
- Desde el 11 de octubre al 13 de octubre: fin de semana largo de 3 días.
- Desde el 16 de noviembre al 18 de noviembre: fin de semana largo de 3 días.