La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) oficializó este miércoles la prohibición de elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país, de un producto de consumo alimenticio por estar falsamente rotulado, resultando ser "ilegal".
A través de la Disposición 3984/2025, el organismo conducido por Nelida Agustina Bisio dio curso a la inhibición de venta devenida de una notificación de la Dirección de Bromatología de la provincia de Neuquén, mediante el Incidente Federal N° 4330 del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).
"La Coordinación de Salas de Elaboración de Alimentos, de la Coordinación de Integración Socio Productiva de la Secretaría de Gabinete de la provincia de Neuquén, denunció ante la Dirección de Bromatología de la provincia de Neuquén, que detectó la comercialización del producto investigado que utiliza un número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) de manera irregular", reseñó el segundo párrafo del Considerando.
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La firma WELSH PIONEER de Neuquén promocionaba vía Instagram el producto retirado de la venta hoy por la ANMAT
Como consecuencia de la denuncia, la Dirección de Bromatología procedió a realizar una inspección en el comercio señalado, donde constató la venta del producto bajo el nombre de Torta con frutos secos, desecados, especias, licor y oporto; TORTA NEGRA GALESA; WELSH PIONEER; NEUQUÉN PATAGONIA ARGENTINA; Elaborado en: Sala de elaboración Artesanal de Alimento (Ley Nac. 18284 - Art. 154-3); Roldan Liliana, Silvia; Los Alelíes C13 8300, Neuquén; RN 15000651; RNPA 15003918, y procedió a su decomiso inmediato, conforme a lo establecido por el artículo 14 de la Ley N° 18284 y el Decreto N° 2126/71.
La prohibición de elaboración y fraccionamiento de la ANMAT a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, alcanzó también a cualquier tipo de comercialización de tipo virtual.