La madre de Lucio Dupuy, condenada a perpetua por matar a golpes a su hijo, fue trasladada a un penal de Mendoza. La mujer había solicitado el traslado porque no quería seguir en el mismo penal que su ex pareja, Abigail Páez, también condenada por el mismo delito.
Las mujeres estaban presas en San Luis. Fuentes judiciales de La Pampa informaron al Mendoza Post que Magdalena Espósito Valenti, la madre del niño asesinado, inicialmente pidió ser llevada a la Unidad 13 de Santa Rosa para estar lejos de su ex pareja y también para que su familia pudiera visitarla con mayor facilidad. Cabe señalar que esa provincia no cuenta con un servicio penitenciario como el de Mendoza, sino que tiene un sistema similar a comisarías, con estructuras penales más pequeñas.
El pedido fue recibido por la jueza Marisol Rodríguez, quien lo derivó al Servicio Penitenciario Federal. Este organismo evaluó las condiciones de la Unidad 13 y determinó que no reunía las garantías de seguridad adecuadas. Por tal motivo, decidieron trasladarla al penal federal de Luján de Cuyo.
El caso de Lucio Dupuy
El Tribunal de Impugnación Penal confirmó la condena a perpetua de Magdalena Espósito Valenti por abusar sexualmente de Lucio y por matarlo a golpes. En febrero de este año, el Tribunal ratificó la condena por el delito de abuso sexual con acceso carnal a su niño de cinco años, quien falleció producto de las agresiones el 26 de noviembre de 2021.
En una primera instancia, ambas habían sido condenadas a perpetua por el crimen, pero no por el abuso sexual. La fiscalía apeló la absolución de Espósito Valenti por el delito de abuso sexual. Ahora, el Tribunal de Impugnación le dio la razón a la acusación, también respaldada por la querella, y agregó ese delito a la condena impuesta.
Los jueces Filinto Rebechi y Gabriel Tedín resolvieron no hacer lugar al recurso de impugnación presentado por Alejandra Moyano González, defensora de Espósito Valenti, quien argumentó que la presencia de la imputada en el domicilio no la hacía partícipe de esos hechos.
En cambio, los jueces le reprocharon que “al ubicar a ambas imputadas dentro del domicilio participando de las agresiones físicas, no resulta posible apartar a Magdalena Espósito de la autoría del hecho de abuso sexual con acceso carnal. Y esto no solo respecto del día del hecho, sino también de abusos ocurridos durante la convivencia”.
Tal como se había planteado durante el debate que terminó en condena, el fallo confirmó que los abusos ocurrieron no sólo el día de la muerte del niño en La Pampa sino también en los días previos.