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En 2025 se registraron 601 denuncias por acoso laboral (moral) y sexual ante la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (Igtss). Del total, 546 correspondieron a acoso laboral y 55 a acoso sexual, según datos revelados en un informe de KPMG al que accedió Café y Negocios.

Los datos se desprenden de un pedido de acceso a la información pública que la consultora realizó al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

En comparación con 2024, las denuncias por acoso laboral disminuyeron 8,7%, mientras que las de acoso sexual descendieron 31%. Sin embargo, pese a la baja, ambas modalidades de acoso se mantienen por encima del promedio anual de la serie 2019–2025 (en este lapso se registraron en promedio 425,9 denuncias anuales por acoso laboral y 52,3 por acoso sexual)

De esta manera, sostuvieron desde la consultora, los datos muestran que las denuncias por acoso laboral crecieron de forma sostenida desde el año 2020, alcanzando un máximo en 2024 con 598 casos y con una baja de ese pico en 2025. En el caso del acoso sexual, la evolución presenta mayor volatilidad: los valores más altos se registraron en 2022 (82 denuncias) y 2024 (80), mientras que el mínimo se dio en 2021 (27).

En este escenario, Giovanna Lorenzi, socia del Departamento Legal de KPMG Uruguay, señaló que es de sospechar que el volumen de denuncias de los años 2020 y 2021 se vio impactado por la pandemia, en la que la presencialidad en los lugares de trabajo fue menor.

“Se evidencia una tendencia clara al alza con variaciones moderadas”, dijo en relación con el acoso laboral lo que, a su entender, sugiere reforzar los canales de denuncia, la formación de mandos y el seguimiento de los casos dentro de las organizaciones.

Respecto al acoso sexual, sostuvo que se trata de “una serie más chica, pero con oscilaciones proporcionales más altas”, y añadió que los picos registrados en 2022 y 2024 pudieron responder o bien a campañas de sensibilización o casos mediáticos que hayan influido en el aumento de denuncias.

Sobre los datos de 2025, Lorenzi advirtió que la leve baja tanto en el acoso laboral como en el sexual “podría ser coyuntural”, por lo que conviene monitorear qué sucede durante este año antes de inferir un cambio estructural en la tendencia.

“Es muy usual que un gran número de casos no lleguen a ser denunciados ya que se trata de asuntos que originan pudor, vergüenza o incluso miedo a perder la fuente de trabajo cuando el agresor es un superior jerárquico o alguien vinculado a la propiedad de la empresa”, agregó.

Cómo denunciar una situación de este tipo

La socia de KPMG explicó que la denuncia puede realizarse tanto en la propia empresa (empleador) u organismo público o directamente en la Igtss.

Puede suceder que la denuncia sea presentada ante el empleador, pero este considere que tiene limitaciones en su poder de investigación, por ejemplo, cuando las denuncias son contra alguno de los jerarcas o cuando directamente no cuenta con la estructura interna para llevar adelante un proceso con garantías para todas las partes.

En estos casos, las empresas tienen la potestad de remitir la denuncia para que sea la Igtss quien se encargue de realizar los procedimientos de investigación. Una vez presentada la denuncia, se debe iniciar una investigación rápida debiéndose escuchar a ambas partes y recabar las pruebas necesarias.

Temas:

denuncias acoso laboral acoso sexual Ministerio de Trabajo

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