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Junio es el mes en que la gran mayoría de los trabajadores recibe el medio aguinaldo. En el caso del servicio doméstico, además, los empleadores deben abonar una prima por presentismo. ¿Cuándo corresponde pagarla y cómo se calcula?

El beneficio debe hacerse efectivo durante este mes junto con el medio aguinaldo.

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La prima representa el 25% del medio aguinaldo que percibe cada trabajador y está sujeta al cumplimiento de determinadas condiciones de asistencia. Para acceder al beneficio, entre diciembre de 2025 y mayo de 2026 —período considerado para el primer aguinaldo del año— el trabajador no debe haber registrado inasistencias.

A modo de ejemplo, una trabajadora que actualmente percibe un salario nominal de $ 31.178 (sueldo mínimo) tendrá derecho a un medio aguinaldo de $ 15.510 nominal. El cálculo contempla el incremento de 3,13% aplicado a las remuneraciones del sector en enero.

En ese caso, la prima por presentismo ascendería a $ 3.877,5 nominal. Sumada al medio aguinaldo, la partida total a cobrar alcanzaría los $ 19.387,5 nominales.

No generan la pérdida del beneficio las ausencias por enfermedad debidamente comprobadas (con certificación médica ingresada al BPS o al BSE), el ejercicio del derecho de huelga decretado por el PIT-CNT o por el sindicato del sector, la licencia anual reglamentaria ni las licencias especiales, como las otorgadas por estudio, duelo o matrimonio, entre otras.

Según el Banco de Previsión Social (BPS), los empleadores tienen plazo hasta el 30 de junio para realizar el pago de la prima por presentismo. Al tratarse de una partida salarial, está sujeta a aportes a la seguridad social y también al IRPF, cuando corresponda.

Una vez acreditado el pago en la cuenta del trabajador, el empleador no debe realizar ningún trámite adicional.

El BPS incorporará automáticamente los aportes correspondientes a esta partida en las facturas mensuales con cargo al mes de junio.

Cuando la prima no corresponda, el empleador deberá comunicar esa situación al BPS mediante una declaración que podrá presentar entre el 1° y el 30 de junio de 2026. Las inasistencias del trabajador deberán estar debidamente registradas en los recibos de sueldo.

La declaración puede efectuarse a través de la aplicación móvil "BPS Trabajo Doméstico" o mediante el servicio en línea disponible en la página web del organismo.

La obligación de pagar esta partida rige desde abril de 2013, de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo del sector.

Por otro lado, los salarios del sector tendrán un nuevo aumento en julio de 2026, fecha en la que también entrarán a regir las nuevas categorías laborales con sus respectivos salarios mínimos. Dichas categorías serán general, cuidados y cocina.

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Aguinaldo domésticas bps Domésticas presentismo

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