El miércoles 22 de octubre finalizó la última prórroga asignada a la Ley de Memoria Democrática (LMD), también conocida como Ley de Nietos.
La normativa sancionada en 2022 y que facilitó los trámites de solicitud de acceso a la Nacionalidad española vía ius sanguinis a quienes nacieron fuera del país y manifestaron padre, madre, abuelo o abuela que originalmente eran ciudadanos españoles y perdieron o renunciaron a su nacionalidad como consecuencia del exilio durante la Guerra Civil (1936-1939) y la posterior dictadura franquista, abre las incógnitas sobre cuáles son las opciones vigentes para este grupo.
"Sigan buscando los documentos de sus familiares, actas de nacimiento, matrimonio o defunción, organizando su árbol familiar y manteniéndose atentos a nuevas oportunidades que van a surgir", subrayó la agrupacion de Descendientes Españoles del Mundo fundada en 2016 "Descendientes Españoles en el Mundo" a través de X (exTwitter).
Según datos oficiales compartidos por el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática de España, Ángel Víctor Torres, a principios de octubre durante su visita a Argentina y Chile, cerca de un millón de personas acudieron a los consulados para realizar oficialmente su solicitud de Nacionalidad.
Murió la Ley de Nietos: ¿Qué opciones rigen para los nietos de españoles que buscan sacar la Nacionalidad?
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España ratificó que desde el 23 de octubre "ya no se puede presentar ningún expediente" ante ningún Consulado General, de acuerdo con la D.A. 8º de la Ley de Memoria Democrática (LMD) al haber concluido el plazo de tres años estipulado por Ley.
Sin Ley de Nietos: ¿Cómo sacar la Nacionalidad española siendo nieto de españoles?
A pesar del vencimiento de la última prórroga asignada a la Ley de Nietos, España cuenta con otras vías legales para obtener la Nacionalidad española como nieto de españoles:
1) Nacionalidad por residencia
2) Nacionalidad por opción (si tus padres la obtuvieron)
3) Nacionalidad por carta de naturaleza
4) Recuperación de la nacionalidad
¿Cuáles son los requisitos para obtener la Nacionalidad española por residencia?
Para la obtención de la Nacionalidad española por residencia se requiere la residencia de la persona en el país durante el período de residencia exigido, según el caso, de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, así como el cumplimiento de los requisitos de buena conducta cívica e integración. Existen casos en los que el período exigido se reduce, como por ejemplo:
- 5 años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
- 2 años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- 1 año:
a) El que haya nacido en territorio español.
b) El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la Nacionalidad española por opción.
c) El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
d) El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
e) El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
f) El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
¿Cuáles son los requisitos para obtener la Nacionalidad española por opción?
La Opción es un beneficio que la Legislación española ofrece a extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones, para que adquieran la Nacionalidad. Tendrán derecho a adquirirla por esta vía:
- Aquellas Personas que estén o hayan estado sujetos a la Patria Potestad de un español.
- Aquellas Personas cuyo Padre o Madre hubiera sido español y hubiera nacido en España.
- Aquellas Personas cuya determinación de la filiación (la determinación de la filiación significa establecer quiénes son los Padres de una Persona) o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. En este supuesto, el plazo para optar a la Nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.
- Aquellas Personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad. En este caso el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.
¿Cuáles son los requisitos para obtener la Nacionalidad española por carta de naturaleza?
Esta forma de adquisición de la Nacionalidad española, tiene carácter graciable y no se sujeta a las Normas Generales de Procedimiento Administrativo. Será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales. Podrán solicitarla:
- El Interesado, por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado.
- El mayor de 14 años asistido por su Representante Legal.
- El Representante Legal del menor de 14 años.
- El Incapacitado por sí solo o el Representante Legal del Incapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación.
¿Cuáles son los requisitos para recuperar la Nacionalidad española?
Una vez perdida la Nacionalidad Española existe la posibilidad de Recuperarla. Para ello será necesario cumplir los siguientes requisitos:
- El Interesado debe ser Residente Legal en España. (Este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes).
- El Interesado deberá declarar ante el Encargado del Registro Civil su voluntad de Recuperar la Nacionalidad Española.
- Deberá inscribirse la Recuperación de la Nacionalidad en el Registro Civil.