2 de diciembre 2024 - 10:19hs

Lo que importa

  • Inicio de vigencia: Este 2 de diciembre entra en vigor el Real Decreto 933/2021, que establece nuevas obligaciones de registro documental para actividades de hospedaje y alquiler de vehículos.
  • Multas elevadas: Los incumplimientos podrían acarrear sanciones que van desde 100 hasta 30.000 euros, dependiendo de la gravedad.
  • Objetivo principal: Incrementar la seguridad ciudadana frente a actividades terroristas y crimen organizado, adaptando normativas obsoletas a nuevas formas de hospedaje y alquiler.
  • Empresas involucradas: Están afectadas personas físicas o jurídicas que ofrezcan servicios de hospedaje, alquiler de vehículos sin conductor, y plataformas digitales intermediarias.
  • Críticas del sector: Representantes de alojamiento y agencias de viajes advierten sobre las cargas administrativas y posibles vulneraciones de privacidad.

Contexto

¿Qué cambios introduce este decreto?

El Real Decreto 933/2021 obliga a las empresas y particulares dedicados al hospedaje y alquiler de vehículos a motor a registrar detalladamente los datos de clientes, incluyendo información personal, de contacto, y datos de transacciones. También se aplica a plataformas digitales que intermedian estas actividades.

¿Por qué se implementa ahora esta normativa?

El Ministerio del Interior argumenta que las normas previas, como el Decreto 1513/1959 para hospedaje, son obsoletas y no contemplan modalidades modernas como las viviendas turísticas gestionadas digitalmente. La nueva regulación busca adaptar la normativa a un entorno más digitalizado y combatir el uso de servicios de hospedaje y vehículos por parte de redes delictivas.

¿Qué datos deben registrarse?

Para actividades de hospedaje:

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  • Información de la empresa (razón social, CIF/NIF, contacto).
  • Detalles del establecimiento (ubicación, tipo, servicios).
  • Datos de los viajeros (nombre, documento de identidad, nacionalidad, entre otros).
  • Información de la transacción (contrato, fechas, pagos).

Para alquiler de vehículos:

  • Datos de la empresa y del vehículo alquilado.
  • Información de los conductores principales y adicionales.

¿Cómo se gestionará esta información?

Los datos deben subirse a la plataforma Ses.Hospedajes, operativa desde 2022. Hasta la fecha, más de 61.000 establecimientos y casi 2.000 agencias de viajes ya están registradas. Interior asegura que no se pedirán más datos de los que ya se recababan previamente.

¿Cuáles son las sanciones establecidas?

  • Leves: Errores o tardanzas en la cumplimentación de registros (100-600 euros).
  • Graves: No tener los registros o no realizar las comunicaciones obligatorias (601-30.000 euros).

¿Qué beneficios se esperan?

La normativa ya ha permitido localizar a más de 18.500 personas vinculadas a bases de datos nacionales e internacionales de señalamientos. Interior sostiene que el registro mejorará la seguridad ciudadana y facilitará la detección de actividades delictivas transnacionales.

Cómo sigue

  • Adaptación de empresas: Los sectores de hospedaje y alquiler de vehículos deben implementar los sistemas necesarios para cumplir con la normativa, aprovechando plataformas como Ses.Hospedajes.
  • Revisión de cumplimiento: Interior supervisará la correcta implementación del decreto. Las multas comenzarán a aplicarse según la gravedad del incumplimiento.
  • Debate sectorial: Se esperan más críticas del sector turístico, que podría impulsar modificaciones o ajustes para reducir las cargas burocráticas.
  • Impacto en la seguridad: El éxito del decreto será evaluado en función de su contribución a la seguridad ciudadana, especialmente en la detección de actividades ilícitas.
Temas:

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