Lo que importa
- Inicio de vigencia: Este 2 de diciembre entra en vigor el Real Decreto 933/2021, que establece nuevas obligaciones de registro documental para actividades de hospedaje y alquiler de vehículos.
- Multas elevadas: Los incumplimientos podrían acarrear sanciones que van desde 100 hasta 30.000 euros, dependiendo de la gravedad.
- Objetivo principal: Incrementar la seguridad ciudadana frente a actividades terroristas y crimen organizado, adaptando normativas obsoletas a nuevas formas de hospedaje y alquiler.
- Empresas involucradas: Están afectadas personas físicas o jurídicas que ofrezcan servicios de hospedaje, alquiler de vehículos sin conductor, y plataformas digitales intermediarias.
- Críticas del sector: Representantes de alojamiento y agencias de viajes advierten sobre las cargas administrativas y posibles vulneraciones de privacidad.
Contexto
¿Qué cambios introduce este decreto?
El Real Decreto 933/2021 obliga a las empresas y particulares dedicados al hospedaje y alquiler de vehículos a motor a registrar detalladamente los datos de clientes, incluyendo información personal, de contacto, y datos de transacciones. También se aplica a plataformas digitales que intermedian estas actividades.
¿Por qué se implementa ahora esta normativa?
El Ministerio del Interior argumenta que las normas previas, como el Decreto 1513/1959 para hospedaje, son obsoletas y no contemplan modalidades modernas como las viviendas turísticas gestionadas digitalmente. La nueva regulación busca adaptar la normativa a un entorno más digitalizado y combatir el uso de servicios de hospedaje y vehículos por parte de redes delictivas.
¿Qué datos deben registrarse?
Para actividades de hospedaje:
- Información de la empresa (razón social, CIF/NIF, contacto).
- Detalles del establecimiento (ubicación, tipo, servicios).
- Datos de los viajeros (nombre, documento de identidad, nacionalidad, entre otros).
- Información de la transacción (contrato, fechas, pagos).
Para alquiler de vehículos:
- Datos de la empresa y del vehículo alquilado.
- Información de los conductores principales y adicionales.
¿Cómo se gestionará esta información?
Los datos deben subirse a la plataforma Ses.Hospedajes, operativa desde 2022. Hasta la fecha, más de 61.000 establecimientos y casi 2.000 agencias de viajes ya están registradas. Interior asegura que no se pedirán más datos de los que ya se recababan previamente.
¿Cuáles son las sanciones establecidas?
- Leves: Errores o tardanzas en la cumplimentación de registros (100-600 euros).
- Graves: No tener los registros o no realizar las comunicaciones obligatorias (601-30.000 euros).
¿Qué beneficios se esperan?
La normativa ya ha permitido localizar a más de 18.500 personas vinculadas a bases de datos nacionales e internacionales de señalamientos. Interior sostiene que el registro mejorará la seguridad ciudadana y facilitará la detección de actividades delictivas transnacionales.
Cómo sigue
- Adaptación de empresas: Los sectores de hospedaje y alquiler de vehículos deben implementar los sistemas necesarios para cumplir con la normativa, aprovechando plataformas como Ses.Hospedajes.
- Revisión de cumplimiento: Interior supervisará la correcta implementación del decreto. Las multas comenzarán a aplicarse según la gravedad del incumplimiento.
- Debate sectorial: Se esperan más críticas del sector turístico, que podría impulsar modificaciones o ajustes para reducir las cargas burocráticas.
- Impacto en la seguridad: El éxito del decreto será evaluado en función de su contribución a la seguridad ciudadana, especialmente en la detección de actividades ilícitas.