Los detenidos por la red que captaba víctimas de accidente de tránsito, denominados caranchos, finalmente fueron 13 pero uno resultó liberado horas después por falta de pruebas, por lo que los imputados en la audiencia de este miércoles fueron 12. Diez de ellos salieron condenados con prisión, luego de que haber llegado a un acuerdo con la fiscalía para cerrar el caso por proceso abreviado.

La fiscalía entendió que todos ellos y más personas -el total de indagados llega a unas 70 personas- conformaban una organización criminal integrada por abogados y gestores que obtenían información ilegal de los partes de los siniestros, por parte de policías, enfermeros, choferes de ambulancias, contactaban a clientes y los convencian de representarlos. A cambio recibían sumas de dinero que iban desde los $3.000 a los US$ 2.000, dependiendo de si había muertos y se cobrara un monto mayor, ya que los accidentes están garantizado por el Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA).

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A continuación el listado de los imputados, cinco de los cuales eran abogados, uno de ellos también era policía, además de otros cuatro gestores. Uno de los abogados y uno de los gestores no accedieron a firmar el acuerdo por lo que fueron imputados con prisión efectiva en el caso del gestor y con prisión domiciliaria total en el caso del abogado. En el caso de ellos, la investigación continuará.

Cuatro abogados, tres policías y tres gestores condenados

Uno de ellos que es abogado y también policía es Richard Alzugaray. Según publicó en sus redes sociales obtuvo el título de abogado en octubre de 2023 y se promocionaba como especializado en violencia doméstica y género.

La justicia lo condenó como autor de un delito de amenazas en calidad de autor, en reiteración real con un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en calidad de autor, con reiterados delitos de cohecho calificado en calidad de co autor y un delito de acceso ilícito a datos informáticos en calidad de coautor.

La pena impuesta fue de tres años y dos meces de penitenciaría, multa de 50UR e inhabilitación especial para las funciones públicas mientras dure la condena, con descuento de ladetención cumplica.

Al ser policía y abogado la jueza notificó tanto a la SCJ como al Ministerio del Interior para que sean suspendidos en sus funciones.

Otra condenada es Elizabeth Frogge, quien fue conocida por su rol de defensora de Romina Celeste Papasso en el caso de la la denuncia falsa contra Yamandú Orsi cuando era precandidato, caso por el que la exmilitante blanca resultó condenada. Sin embargo, el vínculo entre ambas terminó mal. La abogada anunció que la denunciaría por difamación luego de que Pappaso había posteado en sus redes sociales, que había terminado el vínculo con la defensora porque la acusó de relacionarse con su marido. A su vez, Pappaso acusó a Frogge de hacer prensa con su caso y de no cumplir con su trabajo como abogada.

En sus redes, Frogge se promocionaba como "especialista en accidentes de tránsito, reclamo SOA y daños y perjuicios". ”¿Tuviste un accidente? Tu sald primero, del resto nos ocupamos nosotros”, afirma el posteo.

También había representado recientemente a un funcionario policial en representación de la Unión de Policías de la Guardia Republicana en una denuncia que presentó contra un comisario y docente de la Escuela Nacional de Policía.

En su caso fue condenada a la pena de 2 años de penitenciaría, multa de 50 UR como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en calidad de autoria,en concurrencia fuera de la reiteración con reiterados delitos de cohecho calificado especialmente agravado encalidad de coautoray un delito de acceso ilícito a datos informáticos en calidad de coautora.

Giselle Freccero es otra abogada que habia sido vista en algunas notas periodísticas en marchas en reclamo de justica por víctimas mortales de siniestros de tránsito. En junio de 2025 fue entrevistada en una movilización en la que se pedía que se acelerara la investigación por un accidente que había ocurrido en Las Piedras en el que había muerto un hombre de 49 años.

Fue condenada la pena de tres años de penitenciaría y 200 UR por multa. Como al resto de sus colegas, se le tipificó asociación para delinquir especialmente agravado en calidad de autora, en concurrencia fuera de la reiteración con delitos de cohecho calificado especialmente agravado y reiterados delitos de uso indebido de información privilegiada especialmente agravada. Estos dos delitos, en calidad de coautora

Gustavo Bentos también promocionaba sus servicios como especialista en tránsito en las redes sociales, donde afirmaba: “Si sufriste un accidente, tuviste lesiones de entidad, la ley SOA 18.412 te ampara, siendo culpable o no, teniendo ono documentos, es una indemnización monetariaque paga a laslesiones personales, no al vehículo. No dude en consutlarnos. Trabajamos en todoel país”. En la misma cuenta ofrecían trabajos de albañilería, sanitaria o electricista.

Bentos fue condenado por los mismos delitos que sus colegas a la pena de 2 años y diez meses de penitenciaría y multa de 200 UR.

Por otra parte, los policías condenados son Christian Larrosa, Oscar Bleda y Robby Rodríguez, además de Alzugaray.

Los tres fueron penalizados como autores de asociación para delinquir especialmente agravado, reiterados delitos de cohecho calificado especialmente agravado y reiterados delitos de uso de indebido de información privilegiada. Las penas varían en 2 años y 10 meses para Larrosa y 2 años y tres meses para Bleda. Ambos recibieron una multa de 50 UR de multa e inhabilitación mientras dure la pena, mientras que Rodríguez recibió una pena de 2 años y 8 meses y multa de 200 UR.

Por otra parte, fueron condenados tres gestores, que trabajaban para los abogados consiguiendo clientes: Leonardo Yorda, Sebastián Viera y Washington García.

A los tres se los imputó como autores de asociación para delinquir especialmente agravada, reiterados delitos de cohecho calificado en calidad de coautor y uso indebido de información privilegiada en calidad de coautor.

En el caso de Viera la pena fue de 3 años y tres meses y multa de 200 UR, misma multa que recibió Yorda con 3 años de pena, mientras que Larrosa recibió una pena de 2 años y diez meses y 50 UR de multa.

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