Un hombre de 60 años fue condenado en Bella Unión por contactar a una adolescente de 16 años a través de redes sociales con fines de connotación sexual, tras una investigación iniciada a partir de la denuncia de la madre de la víctima, informó la Jefatura de Policía de Artigas en un comunicado.

Registrate gratis y seguí navegando

¿Ya estás registrado?

Registrate

Suscribite por USD 3,45 al mes

Suscribite

El caso comenzó el 28 de febrero, cuando la mujer se presentó junto a su hija en la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género de la ciudad. Según la denuncia, el hombre realizó comentarios de índole sexual e insinuaciones inapropiadas hacia la adolescente. Ante la negativa de la menor, el individuo minimizó lo ocurrido y dio por finalizada la conversación.

más Noticias

A partir de ese episodio se iniciaron actuaciones policiales y judiciales. En una primera instancia, la Justicia dispuso medidas cautelares, que incluyeron la prohibición de comunicación y acercamiento a la víctima en un radio de 500 metros por 180 días, así como la prohibición de tenencia y porte de armas de fuego.

Fiscalía, por su parte, ordenó el relevamiento de los mensajes por Policía Científica, la toma de declaración de la adolescente en presencia de un responsable y la notificación al imputado, en el marco de la investigación.

Finalmente, el 21 de abril, el Juzgado Letrado de Segundo Turno de Bella Unión dispuso la formalización de la investigación y condenó al hombre como autor penalmente responsable de un delito previsto en el artículo 277 bis del Código Penal, vinculado al uso de tecnologías o medios de comunicación para contactar a menores con fines sexuales.

La sentencia estableció una pena de 10 meses de prisión bajo el régimen de libertad a prueba. Durante los primeros tres meses deberá permanecer en su domicilio las 24 horas con dispositivo de geolocalización, además de mantener la prohibición de comunicación y acercamiento a la víctima durante toda la condena. Los siete meses restantes deberá cumplir con otras obligaciones previstas por el Código del Proceso Penal.

Temas:

hombre adolescente Redes sociales

Seguí leyendo