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La nieta de Marcelino Bilche tenía 16 días de vida. Hacía tres que había llegado del hospital donde nació prematura con 1,600 kilos. Dahiana, hija de Bilche había sido víctima de violencia de su pareja y estaba viviendo allí con su otro hijo de 2 años. Por eso cuando los vecinos pusieron música a decibeles altísimos, Bilche no dudó en ir a pedirles que bajaran el volumen.

La casa del barrio Pueblo Obrero de Piriápolis, en Maldonado, es de madera por lo que se escuchaba como si estuvieran pegados al parlante de alta potencia de sus vecinos.

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Hasta ese momento nunca habían tenido inconvenientes. Los vecinos que llegaron unos cuatro años antes al barrio, tienen una niña de la misma edad del nieto más grande de Bilche y eran compañeritos del CAIF. De vez en cuando los niños conversaban alambrado de por medio. Bilche contó a El Observador que un día la niña salió a la calle y se arrimó a la puerta de su casa y él llamó a la madre para avisarle. “Fue todo lo que la niña se acercó a mí”.

Volviendo a la noche de la música alta, Bilche recordó: “Le pedí que por favor la bajara. Le expliqué que la bebé estaba muy delicada. Mi hija le puso algodones en los oídos pero no se calmaba y lloraba sin parar”.

Según su relato, pasaron una hora o dos en la misma situación y su hija decidió ir a reclamarles. “Si, ya vino tu padre y me dijo…”, le respondió de mala manera. Bajaron el volumen pero poco a poco volvieron a subirlo.

Finalmente decidieron llamar al 911 donde les dijeron que tenían que llamar al Municipio. “Llamé y no me contestaron. Después me llamaron ellos y cuando les expliqué me dijeron que en diez minutos venían”, dijo. Así lo hicieron y al llegar constataron que los decibeles superaban los niveles permitidos así que les ordenaron bajar el volumen. Como no acataban, los amenazaron con tomar otras medidas.

El tema no quedó ahí. Sobre las 3 de la madrugada, les tiraron tres bombas de estruendo en su terreno, a 8 metros de donde estaba la recién nacida.

Llamaron a la policía pero cuando llegaron habían apagado la música, las luces y se habían encerrado. “Llegó un patrullero y me dijo que no podían hacer nada porque ´tenían la luz apagada y estaban descansando. Vaya mañana a la comisaría y haga la denuncia´”, le recomendaron.

Al día siguiente cuando regresaron de hacer la denuncia, a media mañana, estaban todos afuera y los enfrentaron. “Nos insultaron tanto a mí como a mi hija”, relato Bilche y dijo que le dijeron las “groserías más grandes” que escuchó.

Después ellos fueron a hacer la denuncia por violencia de género. Dijeron que yo le sacaba fotos a la niña y que me tocaba las partes frente a su patio. También que le había hecho propuestas indecentes a la vecina, que cuando no estaba el marido le había sugerido que yo podía ir a la casa”, contó el denunciado.

Desde entonces Bilche se encuentra a sometido a medidas cautelares de restricción porque la ley de violencia basada en género (Ley 19.580) obliga al juez a tomar medidas preventivas ni bien la policía le notifica de una denuncia.

“Esta señora llegó a decir que me habían echado del CAIF porque le sacaba fotos a los niños. Yo llevaba a mi nieto en la camioneta que es de mi hija porque ella no maneja. Jamás le saqué una foto a ningún niño, tengo dos fotos que le saqué a mi nieto el ultimo día del año con la maestra. No hay ninguna otra criatura en la foto”.

Además, afirmó que nunca nadie le pidió el celular. “El día después de la denuncia vino un patrullero con tres policías. Me preguntaron si le había sacado fotos a la niña. Les dije: ´Acá tengo el celular, si quieren se lo muestro´. Me dijeron: No, no, está bien´”.

Maltrato animal en el origen del problema

Bilche, que es asistido por defensor público de Maldonado, aseguró que la denuncia obedece a una represalia originada por dos conflictos vecinales: el de los ruidos molestos y uno anterior, en el que allegados a la denunciante, maltrataban salvajemente a un caballo.

Ese episodio ocurrió seis o siete meses antes del de los ruidos molestos pero según Bilche está en el origen del problema, ya que él había denunciado en la comisaría amenazas de ese otro vecino. Al ver que maltrataban al caballo, decidió filmarlo y uno de ellos se dio cuenta y lo increpó e insultó.

“Yo hice la denuncia en la comisaría por las amenazas y por lo que había pasado. Pasados unos meses, ese caballo casi mata a mi señora, un día cuando volvía cargada con un montón de paquetes. Lo habían dejado atado con una cuerda larga y estaba en la calle. Se le paró de manos y la tiró suelo. Fui al otro día e hice la denuncia”, relató.

Cuando estaba en la comisaría, Bilche escuchó que uno de los policías dijo que conocía al denunciado y relató que le hacía changas en su casa.

Entre las pruebas que pidió el defensor, planteó que se solicitara al Instituto Nacional de Bienestar Animal (INBA) y a la Jefatura de Maldonado todas las actuaciones administrativas y/o denuncia formulada por Bilche relativas al maltrato del caballo y el video que hizo Bilche en su momento. Su defensa pretende demostrar documentalmente el móvil de la venganza ya que el dueño del caballo y los vecinos del anciano son muy allegados.

El caso judicial y “un adulto mayor en vulnerabilidad”

Tras recibir la denuncia de la vecina, de 33 años, la policía dio cuenta al juzgado de Paz de Piriápolis. Allí dictaron las medidas cautelares en carácter de urgencia y le impusieron 180 días de prohibición de acercamiento y comunicación.

Si bien la ley 19.580 prevé que se realice una audiencia dentro de las 72 horas, no se suele cumplir, y este caso no fue la excepción. Según surge de la apelación proporcionada por Bilche a El Observador, su defensa planteó que el sistema aplicó el protocolo de la ley “de forma automática y desproporcionada”.

Luego el caso fue derivado al juzgado Especializado de Violencia de Género de San Carlos y allí se realizó una audiencia el 22 de abril pasado, en la que el juez Vital Rodríguez mantuvo las medidas.

Si bien la denunciante admitió que la Intendencia tuvo que intervenir por la música alta y luego se contradijo y lo negó, reconoció que los rumores que circulaban en el barrio (sobre que Bilche directamente abusaba de la niña) eran falsos, el juez evaluó que existía una relación conflictiva de vecinos y mantuvo la situación. La denunciante también admitió que luego de la denuncia sacó a su hija del centro CAIF solo para evitar que se cruzara con el nieto de su vecino.

Lo que sí resolvió el juez fue enviar los antecedentes a la Fiscalía para que se investigara si existió simulación de delitos por parte de la denunciante.

Sin embargo, en su apelación el defensor cuestionó que la "remisión a Fiscalía de ninguna manera subsana ni salva el agravio y el daño inicial a mi defendido, sino que lo perpetúa”. Agregó que por lo general los fiscales, desbordados de casos, no investigan esos delitos sino que aplican el Principio de Oportunidad, que los habilita a no iniciar la persecución penal o abandonar la ya iniciada frente a delitos de escasa entidad que no comprometan gravemente el interés público, como puede ser un conflicto vecinal.

Por otra parte, la defensa encuadró el caso en que se dejó a “un adulto mayor en situación de absoluta vulnerabilidad e indefensión material”, permitiendo que la denunciante "ensuciara impunemente la reputación intachable que este ciudadano cuidó durante toda su vida y a que estas situaciones contribuyen con la falta de confianza y descrédito del sistema".

Apuntó a que la sede ignoró que la vecina "agredió con música a decibeles intolerables y detonó bombas de estruendo donde se encontraba una bebé prematura de apenas 16 días de vida, una recién nacida de cristal que aún tenía sus órganos en desarrollo".

En su escrito la defensa señaló que el Estado uruguayo está sometido a las Cien Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia, cuya Regla 6 consagra expresamente que el envejecimiento constituye una causa ineludible de vulnerabilidad y la justicia tiene el mandato convencional y constitucional de hacer todo lo necesario para neutralizar vulneraciones y no perpetuarlas al omitir acciones. “Mantener medidas gravosas sobre un anciano de 81 años como castigo velado o por temor a revocar a una denunciante falaz, configura victimización secundaria estatal”, enfatizó.

La defensa citó una sentencia del Juzgado Letrado de Primera Instancia de 2° Turno de la ciudad de Chuy por la cual se revocaron las medidas impuestas al varón y se mantuvieron las restricciones impuestas a la mujer agresora, fundado en la protección de los Derechos Humanos. "Negarle esta tutela a mi defendido, existiendo prueba plena de la violencia ejercida por la actora contra él, su esposa, su hija y su entorno, violenta el principio de igualdad ante la ley" consagrado en la Constitución (artículo 8).

Según supo El Observador en los últimos días previos a que se iniciara la feria judicial, el juez envió el recurso de la defensa al Tribunal de Apelaciones.

Si bien inicialmente había puesto el expediente en "autos para resolución", que implica que se le habilita al juez un plazo para estudiar el recurso, la defensa interpuso el recurso de reposición y apelación en subsidio, que lo obligó a resolver y elevar a la segunda instancia, donde se definirá la suerte de Bilche.

Mientras espera por la justicia, el anciano confía en que su nieta no haya quedado con secuelas en su audición -dice que los estudios iniciales lo descartaron- y espera que el episodio haya quedado atrás. "La pasamos muy mal. Recibimos todo tipo de amenazas, hasta nos dijeron que nos iban a prender fuego la casa con las criaturas adentro".

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