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Fue un “intercambio de tipo académico sobre diversos aspectos, como muchos de los intercambios que se realizan, no solamente con Estados Unidos”, justificó la ministra de Defensa, Sandra Lazo, a la salida de su encuentro con la bancada del Frente Amplio.

Ante una convocatoria de la oposición por no haber enviado venia al Senado para el ingreso de seis marines de Estados Unidos a mediados de agosto, la jerarca del MPP buscó blindar al oficialismo y aseguró que no requerían autorización del Parlamento por haberse aclarado previamente –como le informara la Oficina de Cooperación de Defensa de la Embajada norteamericana el 30 de mayo– que no entrarían “con armas ni con municiones”, sino “exclusivamente para intercambiar conceptos y experiencias”.

Lazo insistió en que hubo “varios ejemplos de intercambios similares donde, no pasando por el Parlamento, se autorizaba dicho ingreso” y aprovechó, bajo la consigna de que no está claro en la Constitución “qué es considerado una delegación, una escuadra, para que requiera o no la anuencia parlamentaria”, a promover el tratamiento de un proyecto de ley impulsado en la pasada legislatura por Alejandro Sánchez, hoy secretario de la Presidencia. La iniciativa fue desarchivada a comienzos del período por el Frente Amplio.

A raíz del desarchivo, Lazo había enviado el 11 de julio a la Comisión de Defensa un documento para dar su “opinión” en torno al proyecto de ley, que busca interpretar los numerales 11 y 12 del artículo 85 de la Constitución de la República, en el entendido de que “los gobiernos de las últimas décadas han encontrado dificultades”para saber cuándo y cómo informar al Parlamento sobre el movimiento de tropas “para su debate en la Asamblea General”.

En ese texto, al que accedió El Observador, la ministra ponderó la iniciativa de su correligionario por “subsanar” esas dificultades y citó tres definiciones distintas de diccionario sobre qué se entiende por una “tropa”. Dadas las “diversas acepciones del término”, consideró complejo “definir un criterio desde el ejercicio de gobierno sin tener una norma que estipule una interpretación a lo expresado por el constituyente”.

En ese sentido, Lazo propuso expresar en la ley “una cantidad concreta de efectivos” y que “desde ese límite en adelante deba ser obligatoria la venia parlamentaria”. “Les proponemos que se tome como criterio la cantidad de efectivos de una unidad militar básica en nuestro país, una "escuadra", que se compone de un número de 4 efectivos, 3 soldados comandados por un cabo”, sugirió el 11 de julio, más de un mes después de haber sido notificada sobre la visita de los marines y un mes antes del encuentro con la Armada.

No obstante, este jueves consideró como determinante para el no envío de la venia la ausencia de armamento por parte de los militares estadounidenses. Además, argumentó que el calendario “ya estaba estipulado” desde 2021 a partir de un proceso iniciado por la visita del almirante Craig Foller, entonces jefe del Comando Sur de Estados Unidos, durante la administración del nacionalista Javier García.

Ahora desde el otro lado del mostrador, el senador blanco y presidente de la Comisión de Defensa rebatió los argumentos de Lazo y aseguró que “las maniobras” publicadas por la Embajada de Estados Unidos implicaban “maniobras militares” de necesaria autorización parlamentaria previa. “Si es lo que se vio, son maniobras militares”, enfatizó.

García también afirmó que mientras fue ministro envió al Parlamento solicitudes de venias “para ejercicios que no tenían nada que ver con lo bélico, con participación de rescate de enfermos, evacuaciones sanitarias”. Además, acusó que “el Frente Amplio cuando la hoy ministra Lazo era senadora votaba en contra” de los ingresos militares desde el extranjero.

Mirada del FA

El proyecto de ley del Frente Amplio consta de nueve artículos. Varios detallan la filosofía que impulsa al oficialismo acerca de cómo se debe proceder en todos los casos.

El primero establece que el ingreso y la salida de tropas debe ser autorizado por el Poder Legislativo aún cuando estuviera previsto en convenios marco de cooperación vigentes. El tercero, en tanto, interpreta por “tropas extranjeras” los “elementos” de otras Fuerzas Armadas y da detalles abarcativos sobre la consideración.

El cuarto, en tanto, dice que las solicitudes de autorización que remita el Ejecutivo deben contener información detallada de la actividad a desarrollar; origen del proyecto; fechas en que fue acordado y comprometido; fundamentos de los objetivos de la actividad, y configuración de la actividad. En los siguientes artículos, los legisladores oficialistas plantean que el Poder Ejecutivo envíe con más plazo los proyectos, en lo posible por lo menos unos cuatro meses antes, y permiten al Parlamento revocar autorizaciones concedidas.

La exposición de motivos establece que el Parlamento está habilitado a “configurar la estructura del trámite mediante el que sustanciar dicho pedido de autorización, y establecer requisitos de contenidos y plazos a los que deberá estar el Poder Ejecutivo, en tanto la facultad decisoria respecto del ingreso de fuerzas extranjeras o salida de fuerzas nacionales es monopolio del Poder Legislativo”.

“Un adecuado análisis de la conveniencia, de la pertinencia política de la solicitud de autorización formulada por el Poder Ejecutivo requiere de un plazo razonable de estudio. De allí la necesidad de fijar un término adecuado que posibilite a los legisladoras realizar una ponderada y razonada valoración de la solicitud planteada”, dice.

A su vez, agrega que para ello es necesario que la solicitud esté acompañada de información detallada respecto de los despliegues, los objetivos operacionales, y de “cómo éstos sirven de acuerdo al Poder Ejecutivo a los fines e intereses estratégicos de la República”.

“Es con el objeto de regular el trámite de la solicitud, atendiendo a los parámetros y criterios antes reseñados, que se plantean las soluciones que aquí se consignan”, sentencia.

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