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El próximo lunes 15 de junio vencerá el plazo para que los extranjeros sin credencial cívica registren su domicilio en Uruguay y para que más de 110.000 empresas pluripersonales realicen un trámite fundamental para integrar el padrón electoral de cara a las elecciones obligatorias del Banco de Previsión Social (BPS).

Fuentes del organismo dijeron a El Observador que ambos trámites deben realizarse antes de esa fecha para poder participar correctamente en los comicios, que se celebrarán el domingo 22 de noviembre de 2026 y tienen carácter obligatorio.

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La elección definirá a los representantes de los trabajadores, los jubilados y pensionistas, y las empresas contribuyentes en el Directorio del BPS. Según informó el organismo, se trata de la segunda elección más importante del país por cantidad de votantes, detrás de las elecciones nacionales, con más de 2,2 millones de personas habilitadas para sufragar.

El trámite que se debe completar antes del lunes

La etapa actualmente en curso está dirigida exclusivamente a dos grupos. Por un lado, los extranjeros que no cuentan con credencial cívica deberán registrar su domicilio de residencia en Uruguay para integrar el padrón electoral. El trámite puede realizarse a través de la aplicación habilitada por el BPS o mediante el WhatsApp oficial del organismo (098 00 19 97).

Según informó el director del BPS, Ariel Ferrari, existen alrededor de 100.000 extranjeros registrados formalmente con derecho a voto que deben completar este requisito. Entre ellos figuran 70.884 trabajadores activos, 13.399 jubilados, 12.108 empresas unipersonales y 1.387 mandatarios de empresas ya designados.

Por otro lado, las empresas contribuyentes no estatales, pluripersonales o sociedades deberán designar a una persona que las represente y vote en la elección. Ferrari señaló que todavía restan designar más de 110.000 mandatarios.

Las empresas pueden realizar el trámite a través del servicio en línea del BPS o por WhatsApp. En caso de haber designado un mandatario en elecciones anteriores, no será necesario volver a registrarlo, ya que el mandato continúa vigente hasta que sea revocado.

Más de 2.2 millones de personas están habilitadas para votar

Las Elecciones Sociales permiten elegir a tres de los siete integrantes del Directorio del BPS. Actualmente, el organismo está integrado por cuatro miembros designados por el Poder Ejecutivo con venia del Senado y tres directores sociales elegidos por los distintos órdenes: trabajadores activos, jubilados y pensionistas, y empresas contribuyentes.

Deberán votar los jubilados y pensionistas, los trabajadores activos públicos y privados y las empresas contribuyentes de cualquier tipo de aportación, salvo algunas excepciones previstas por la normativa.

Entre quienes no votan se encuentran las empresas contribuyentes de aportación Civil, Bancaria, Notarial y Profesional, los titulares usuarios de servicios, los empleadores de servicio doméstico y los titulares de obras de construcción.

Quiénes están exonerados de la obligación de votar

No estarán obligados a sufragar las personas mayores de 75 años ni los titulares de prestaciones por incapacidad, cualquiera sea su edad.

Estas excepciones no alcanzan a los mandatarios designados para representar empresas.

Las multas por no participar y cómo justificar la ausencia

La legislación prevé sanciones para quienes incumplan con la obligación de votar.

En el caso de trabajadores activos y jubilados o pensionistas, la multa será equivalente a la aplicada a quienes no concurrieron a las últimas elecciones nacionales.

Para las empresas contribuyentes, las sanciones serán de 6, 12 o 20 Unidades Reajustables (UR), dependiendo de la cantidad de trabajadores dependientes.

La multa recaerá sobre la empresa tanto si no designa mandatario como si el representante designado no concurre a votar.

Quienes no puedan participar de la jornada electoral podrán justificar su inasistencia por enfermedad, invalidez o imposibilidad física, razones de fuerza mayor, encontrarse fuera del país o residir en un departamento distinto al que les corresponde para votar.

La causal vinculada al domicilio fuera del departamento no será válida para los mandatarios designados por las empresas.

Temas:

bps Elecciones Banco de Previsión Social

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