La Fiscalía General de la Nación decidió dar trámite, y pasar a Jurídica, una denuncia de la defensa de el exdiputado del Partido Nacional Javier Radiccioni, imputado por reiterados delitos de violencia doméstica agravada y un delito de lesiones personales, quien está en prisión desde febrero luego de que su pareja, que es fiscal, lo denunció.

La abogada Verónica Pélaez denunció ante la Fiscalía de Corte hechos que consideró irregulares y solicitó una investigación administrativa sobre el proceder de la Fiscalía de Violencia Doméstica de 4º Turno. El escrito alega falta de objetividad y un posible conflicto de intereses, señalando un vínculo de amistad personal entre la fiscal a cargo que en ese momento tenía el caso, Alicia Abreu, y la denunciante. Actualmente el caso fue derivado a la fiscal Valentina Sánchez.

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En junio de 2026, el Tribunal de Apelaciones de 3er Turno confirmó la prisión preventiva del exdiputado pero disminuyó de 180 a 120 días.

La sentencia, a la que accedió El Observador, confirmó la prisión fundado en "el peligro contra la víctima". La sentencia afirmó que "la continuidad de agresiones que se dieron en el pasado en perjuicio de la señora Travers, permiten aseverar a esta sala que la prisión preventiva del señor Radiccioni es la única forma de conculcar el riesgo de ocurrencia de conductas análogas en el presente". Agregó que "se trata de riesgos concretos (...) que evidentemente definen una personalidad proclive a la violencia de género".

Lo que sí consideró excesiva la prórroga "tan dilatada" de 180 días, ya que "no se evidencia tal grado de complejidad respecto de una investigación que involucra a un único autor", por lo que la fijó en 120 días.

La denuncia y su trámite

La abogada Peláez señaló que Abreu mantenía una relación de amistad personal con la denunciante y que no hizo constar esta relación ni se abstuvo de intervenir, mostrando un criterio viciado de subjetividad. Agregó que al tomarle declaración a testigos la fiscal indujo las respuestas para favorecer la postura de la denunciante y habló bien de su colega en lugar de mantener la sobriedad requerida en un acto de prueba penal.

También argumentó que a lo largo de los primeros cuatro meses que el imputado estuvo sujeto a prisión preventiva, la Fiscalía a su cargo no diligenció prueba alguna ni hizo avanzar la investigación, no le tomó declaración al imputado, no citó a los testigos solicitados por la defensa y no solicitó pericias psicológicas ni psiquiátricas respecto a la denunciante, uno de los reclamos que había hecho Peláez. Cuestionó que la fiscal ordenó entregarle a la víctima $30.000 que había en la casa, pertenecían al imputado y que habian quedado bajo custodia de la Fiscalía.

En diálogo con El Observador, la denunciante dijo que ella lo que quiere es que avance la investigación para que cuanto antes se inicie el juicio y que se lo pueda juzgar con todas las garantías.

En la denuncia, de la que también informó Montevideo Portal, relató que al fundamentar la prisión preventiva la fiscalía mencionó que había desaparecido un arma de fuego del imputado y omitió informar sobre la existencia de una constancia policial previa según la cual el imputado y la propia denunciante habían denunciado el hurto de dicha arma más de un año atrás. Tampoco dispuso la valoración de las lesiones alegadas por el imputado previo a la formalización ya que él denunció que ella también lo agredió.

En otro escrito que presentó ante fiscalía, luego de que la fiscal implicada solicitara el archivo de las actuaciones, Peláez reclamó la apertura formal de una investigación administrativa. La defensa sostuvo que exigir la comprobación o demostración previa de las irregularidades como requisito para abrir la investigación invierte la lógica del procedimiento administrativo, prevista en el Decreto 500 que rige los procesos administrativos.

La abogada dijo que disponer la investigación no implica prejuzgar a la fiscal. Sin embargo, archivar en esta etapa sí implica concluir anticipadamente y dar por esclarecidos hechos que nunca fueron indagados.

Si bien la fiscal justificó no haber tomado pruebas en 120 días alegando negociaciones para un proceso abreviado, la abogada objetó que las expectativas de un acuerdo procesal no autorizan a paralizar la recolección de prueba en perjuicio de una persona privada de libertad. Criticó además el "ping pong" o traspaso contumaz de la causa entre fiscalías sin fundamentación.

En ese sentido pidió que se examine la carpeta fiscal del caso, se reconstruya cronológicamente las pruebas omitidas durante la prisión preventiva, y se hagan averiguaciones sobre cada uno de los puntos que denunció.

El Observador consultó tanto a la defensa de la fiscal Travers, el penalista Julio Lens, como a la fiscal Abreu, quienes prefirieron no hacer comentarios sobre el caso.

Abreu se limitó a informar que en mayo de estea año sí pidió la abstención en la investigación "por razones de decoro y delicadeza, y le fue concedido". Sin embargo, la subrogante, que es la fiscal Sánchez, presentó un recurso al que se le hizo lugar y la investigación volvió a ella.

Finalmente le comunicaron que el caso volvía a Sánchez porque había sido Travers quien solicitó el apartamiento de Abreu.

Según supo El Observador además de la denuncia de la defensa de Radiccioni, la colega Sánchez también denunció a Abreu. El departamento de Jurídica de Fiscalía de Corte tiene a estudio el caso.

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