Argentina cobrará 15% de recargo a turistas que compren en el exterior

Será a quienes compren con tarjeta y a cuenta del impuesto a las ganancias

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30 de agosto de 2012 a las 18:27

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Cada vez que un argentino realice gastos en el exterior con su tarjeta de crédito, en el resumen que le llegue para pagar esos consumos le vendrá un cargo de 15% a cuenta del impuesto a las Ganancias o Bienes Personales, informó el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

"Esta nueva disposición regirá para las operaciones realizadas a partir del 1º de septiembre y que se liquidan en octubre", informó hoy Echegaray durante una conferencia de prensa. La Resolución General Nº 3.378 será publicada mañana en el Boletín Oficial, agregó el funcionario.

El funcionario también indicó que “con esta medida, la AFIP busca asegurar el pago del impuesto en aquellos contribuyentes que manifiestan mayor capacidad contributiva”.

Otra de las nuevas medidas adoptadas por la AFIP consiste en la modificación del régimen de información que deben cumplir las administradoras de tarjetas de crédito. “A partir de octubre deberán informar el detalle de la totalidad de los consumos realizados por los titulares de tarjetas de crédito y sus adicionales, desde septiembre, tanto en el país como en el exterior, en este caso, identificando el país donde se realizaron los gastos”, indicó Echegaray al tiempo que confirmó que esa información será cruzada con las solicitudes de adquisición de moneda extranjera para viajar al exterior.

“La finalidad de las nuevas medidas es que la AFIP pueda determinar correctamente la declaración de impuestos de un sector reducido de 168 mil contribuyentes que, en el último año y medio, efectuaron gastos en el exterior por un monto que supera los 7.400 millones de pesos”, dice el comunicado de la AFIP.

Para justificar la medida, la AFIP recordó que, en otros países, como Brasil “se aplica un impuesto del 6% sobre los consumos” en el exterior, mientras que en la Argentina la medida de AFIP “implica un pago a cuenta que los contribuyentes podrán utilizar para cancelar obligaciones impositivas, como Ganancias o Bienes Personales”.

En su comunicación, el organismo presenta la medida como destinada a "turistas de alto poder adquisitivo", pero la resolución no exime a nadie del "cargo a cuenta". Deberán pagarlo tanto quien haga un crucero de lujo como quien viaje como mochilero y se aloje en un hostel, aunque luego a este último quizá le hagan alguna devolución.

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