18 de mayo de 2026 15:12 hs

La directora de Senaclaft, Sandra Libonatti, señaló al portal de Presidencia que los sujetos obligados son las entidades definidas por ley que deben contar con un sistema de prevención para no ser utilizadas en el lavado de activos o el financiamiento del terrorismo.

La modificación se aplica desde el 12 de mayo cuando se emitió la resolución de la secretaría.

Más noticias

Diego Buela, especialista en compliance de Bragard Abogados indicó a El Observador que el primer paso es la inscripción en el padrón de sujetos obligados del sector no financiero de la Senaclaft. Ese es un paso digital que se hace a través del portal gub.uy usando la identidad digital. Agregó que una vez seleccionada la categoría que corresponde, el trámite queda listo.

El segundo paso, comentó Buela, es quizás el que requiere más atención: la gestión del domicilio electrónico (Domel). “La gestión del Domel es más burocrática. Además de los formularios con la información societaria se necesita la identidad del titular o, si se trata de una sociedad, presentar una certificación notarial de representación y vigencia que tenga menos de 30 días de expedida”, comentó.

Hay dos caminos para presentar la documentación: en persona, coordinando una agenda previa, o a distancia a través de un proceso online.

En el pasado, la Senaclaft ha realizado inspecciones específicamente dirigidas a quienes no cumplieron con estos pasos. Como la lista de estos nuevos obligados ya la tiene el BCU, el control será cruzado y muy sencillo de ejecutar, así que es recomendable ponerse al día cuanto antes”, indicó.

Te Puede Interesar

Más noticias de Argentina

Más noticias de España

Más noticias de Estados Unidos