Juan Samuelle

Carnicerías del interior podrán elaborar chorizo de rueda y embutidos

Diputados votó este martes un proyecto de ley que regulariza una práctica habitual

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13 de agosto de 2019 a las 20:24

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Diputados aprobó en la tarde de este martes el proyecto de ley que permite fabricar y comercializar chorizos artesanales y productos similares para las carnicerías de corte (las que reciben carne y menudencias para su troceo y desusado) del interior del país, que hasta el momento tenían prohibida la fabricación de embutidos.

Después del reclamo de algunas asociaciones de carniceros del interior, en 2016 el diputado del Partido Nacional, Alejo Umpiérrez, presentó una minuta de comunicación al Poder Ejecutivo para que se legislara en ese sentido, en el entendido de que la norma no se cumplía en gran parte del interior del país.

La comisión de Ganadería de la Cámara Baja elaboró posteriormente un proyecto de ley para finalmente permitir la elaboración de manera artesanal del tradicional chorizo de rueda para las carnicerías tradicionales que cuenten con animales y abasto propio en el interior.

Según Umpiérrez, el proyecto –que fue aprobado en el Senado y volvió a Diputados con algunas modificaciones- termina con “una hipocresía legal de algo que estaba prohibido por ley, pero que no respetaba nadie y todos consumen en el interior”.

“Ahora habrá garantías en la salud pública ya que estará sometido a controles bromatológicos, se va a favorecer la lucha contra el abigeato ya que se podrá controlar la procedencia de la carne y hasta el Estado recaudará más a través del IVA”, aseguró a El Observador el diputado nacionalista.

Por su parte, el legislador del Frente Amplio y redactor de la iniciativa, Alfredo Fratti, dijo en su exposición en el Plenario que el proyecto atiende una necesidad “de la sociedad uruguaya de ser cada vez más cuidadosos en la inocuidad de los productos” que se consumen.

El artículo dos del proyecto establece que “se consideran artesanales, a los efectos de la ley, los productos elaborados por medio de un proceso de producción ejecutado principalmente de modo manual, sin perjuicio de la utilización auxiliar de maquinarias o herramientas necesarias”.  

Las condiciones para su producción y comercialización deberán ser establecidas por el Instituto Nacional de Carnes (Inac), en una reglamentación que deberá dictar en un plazo de noventa días después de promulgada la ley por el Poder Ejecutivo. 

A su vez, se votó también un aumento en las facultades y competencias del INAC para el control y la sanción a las carnicerías de todo el país. Hasta el presente, eran los gobiernos departamentales los encargados de llevar adelante estos controles, con excepción de Montevideo, donde ya estaba facultado el INAC, que ahora tendrá potestad para todo el territorio nacional.  

 

Diego Battiste

 

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