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Mientras el ciudadano suizo que mató al ladrón que intentaba llevarse su camioneta, terminó tras las rejas, la mujer –víctima de violencia doméstica– que mató al marido fue liberada.

Ayer los jueces de ambos casos dieron a conocer el fundamento legal de ese resultado. La explicación está en que en el caso de la mujer sí existió legítima defensa –porque su vida y la de sus hijos estaba en riesgo– pero en el caso del suizo no existió tal peligro.

Los jueces penales aseguran que frente a homicidios que pueden configurar legítima defensa se deben analizar todos los aspectos y no se pueden trazar generalidades. Para exonerar a una persona del delito se deben dar siempre las tres condiciones que prevé el Código Penal.

La principal es que exista una agresión ilegítima y que la vida de quien se defiende esté en peligro (ver infografía).

La mujer que mató al marido en la tarde del domingo en su vivienda de Maroñas quedó libre y la jueza Adriana de los Santos archivó el expediente pero el ciudadano suizo que el pasado 9 de febrero le disparó al ladrón que se llevaba su camioneta fue enviado a prisión por “homicidio con empleo de arma de fuego”.

En ese caso, la jueza De los Santos consideró que la mujer vio en peligro su vida y la de sus hijos y actuó en legítima defensa. Además, consideró que el episodio fue el “desencadenante de un marco de violencia extrema que la pareja tenía sostenidamente desde el 24 de diciembre del año 2011, en la cual la víctima –hombre grande y fuerte desde el punto de vista físico, que además era de carácter violento y alcohólico– sometía a la indagada y a sus hijos a maltrato”. La jueza agregó que la víctima “insultaba, rompía los enseres del hogar, golpeaba a la mujer, la obligaba a permanecer con él y continuamente la amenazaba con matarla a ella y a sus hijos”.

En el otro caso, el juez Juvenal Javier consideró que “la causal de justificación de la legítima defensa, no puede ni siquiera atisbarse, para ser computada”.

A su juicio no se configuraron ninguno de los tres requisitos que requiere la norma.
Además, consideró que la camioneta que el ladrón intentaba robarse, estaba en un espacio abierto y “no existió agresión previa alguna contra la integridad física” del dueño de casa.

El juez Javier tuvo en cuenta que el suizo tiene instrucción militar, obligatoria para los ciudadanos en su país de origen.

A su vez, entendió que los antecedentes penales del ladrón no influyen puesto que “agredió el bien supremo, la vida, ultimándole sin tener justificativo legítimo alguno para tal radical proceder”.


Homicidio
A pesar de ser un delito grave, el homicidio tiene pena mínima de 20 meses de prisión para casos en que falte alguno de los requisitos de la la legítima defensa.

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