La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado el nombramiento de Magdalena Valerio como presidenta del Consejo de Estado, acordado mediante decreto en octubre de 2022, al no reunir el requisito de "jurista de reconocido prestigio" exigido por el artículo 6 de la Ley Orgánica del Consejo de Estado.
El organo judicial ha estimado así el recurso presentado por la Fundación Hay Derecho, determinando que Valerio solo cumple uno de los requisitos legales, el de tener experiencia en asuntos de Estado, pero no el de ser jurista de reconocido prestigio.
"El tenor literal del artículo sexto es cristalino –señala la Sala--: son dos las condiciones que debe reunir quien asuma la presidencia de este órgano. No hay excepción, ni matización, ni preferencia de la una sobre la otra. Y la razón de ser de ambas es distinta pero concurrente: asegurar que quien esté al frente del Consejo de Estado reúna la doble cualificación que quiere el legislador. Es decir, prestigio jurídico y conocimiento experto de los asuntos de Estado", subraya la resolución
Europa Press
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