Presidencia de la República decretó (13/10/2020) la derogación de los plazos dispuestos en el Decreto 126/019 que establece la obligatoriedad de la implementación de los servicios de salud y seguridad en el trabajo para las empresas con menos de 300 trabajadores, los que deberán quedar constituidos al 1º de noviembre de 2021 para las empresas que tengan entre 50 y 300 trabajadores, y para el 1º de noviembre de 2022 para las empresas que tengan entre 5 y 50 trabajadores.
Extienden plazos para implementar servicios de salud y seguridad en las empresas
El Ejecutivo aprobó una prorroga para la obligatoriedad de contar con esos servicios para el 1º de noviembre de 2021 o 2022, según la cantidad de empleados