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El diputado José Bayardi, integrante de la comisión de Constitución y Códigos, señaló a El Observador que la Suprema Corte incumple lo estipulado en el artículo 246 de la Constitución sobre el traslado de jueces. Este plantea que se debe “oír al fiscal de Corte” antes de trasladar a un juez.

Bayardi destacó que existe el “principio de inmovilidad de los jueces letrados efectivos”. Ese artículo sostiene que los magistrados letrados con efectividad en el cargo durarán en sus funciones todo el tiempo de su buena comportación”.

Dice la Constitución: “No obstante, por razones de buen servicio, la Suprema Corte de Justicia podrá trasladarlos en cualquier tiempo, de cargo o de lugar, o de ambas cosas, con tal que ese traslado se resuelva después de oído el fiscal de Corte”.

Además, Bayardi señaló que la decisión de trasladar un juez “tiene que poder fundamentarse. Cuando el juez no tiene intención ni voluntad se está yendo contra la voluntad. Hay que ver los fundamentos”, señaló.

"Después de la comparecencia (o no) de la Corte, evaluaremos si es necesario darle prioridad a la ley orgánica de la judicatura", sostuvo el diputado.

Este miércoles un nuevo sistema de designación de jueces. Con el objetivo de transparentar el proceso de designación de los ministros que ocuparán la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y de establecer mecanismos definidos para los ascensos y traslados de magistrados, hay consenso en el Parlamento para modificar la ley de la judicatura.

Bayardi dijo a El Observador que si bien el tema no estaba en la agenda, el traslado de la jueza Mariana Mota de un juzgado penal a uno civil, “despertó mayor sensibilidad”.
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