Nueve de los feriados del año 2020 caen un lunes o un viernes y no pueden trasladarse.

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Según la ley 17.414 hay feriados que “se continuarán observando en el día de la semana en que ocurrieren”: Carnaval  y Semana de Turismo, 1° y 6 de enero, 1° de mayo, 19 de junio, 18 de julio, 25 de agosto, 2 de noviembre y 25 de diciembre.

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Además, el calendario 2020 suma un nuevo feriado por la asunción del nuevo presidente de la República el 1° de marzo.

Enero

Miércoles 1°. Año nuevo. No se corre de fecha y es no laborable. 

Lunes 6. No se corre de fecha y es laborable.

Febrero

Lunes 24 y martes 25. Carnaval se fija antes de que comience la Cuaresma, 40 días antes de la Semana Santa. Son feriados laborables.

Marzo

Domingo 1° de marzo. Es la asunción del presidente de la República y ocurre cada cinco años. Es uno de los feriados no laborables de 2020 y no se corre.

Abril

Domingo 19. Feriado por el Desembarco de los 33 Orientales. Es laborable. Por caer en 2020 un domingo, no se transfiere para el lunes o viernes más próximo, como si ocurre en los años en que cae entre semana.

Viernes 10. Viernes Santo. A pesar de ser laborable, forma parte de la Semana de Turismo que va del 5 de abril al sábado 11 del mes.

Mayo

Viernes 1°. Día de los Trabajadores. No se corre de fecha y es no laborable, lo que genera un nuevo fin de semana largo.

Lunes 18. Batalla de las Piedras. Es laborable y no se corre.

Junio

Viernes 19. Natalicio de Artigas. No se cambia la fecha y es laborable.

Julio

Sábado 18. Jura de la Constitución. No se cambia el día y es no laborable.

Agosto

Martes 25. Declaratoria de la Independencia. No se corre de fecha y es no laborable.

Octubre

Lunes 12. Descubrimiento de América / Día de la Raza. Es laborable.

Noviembre

Lunes 2. Día de los Difuntos. No se corre de fecha. Es laborable.

Diciembre

Viernes 25. Navidad o Día de la Familia. No se corre de fecha y es no laborable por lo que generará un fin de semana largo.

Posibles cambios de fechas

Asimismo, la ley establece que el resto de los feriados sí pueden cambiar y se establece qué hacer según el caso. En el caso de que el feriado caiga un sábado, domingo o lunes, se conmemoran en esos mismo días, mientras que si caen martes o miércoles, se mueven para el lunes anterior. Por último, si la festividad cae un jueves o un viernes, se correrá para el lunes de la semana siguiente.

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