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Las procesadas declararon que el compañero de Tania escupió a una de ellas antes de comenzar la agresión y eso se percibe en el video. ¿Por qué no pidió el procesamiento del acusado?
Porque la conducta que él desarrolla no tiene relevancia penal: escupir a alguien no es delito. Hay delito de lesiones, de riña.

¿No se puede tipificar como riña?
No, porque en la riña hay dos bandos que intercambian golpes y si uno ve la filmación no hay intercambio de golpes. Es un grupo que golpea al otro.

¿Por qué no se tipificó en este caso racismo o discriminación?
Porque no hay delito de racismo o de discriminación. Lo que hay es un delito de incitación al odio o al menosprecio que implica una arenga a que la gente cometa actos discriminatorios. En este caso no se dio esa situación.

¿Los insultos no se toman como una arenga?
No, porque si no cada vez que una persona insulta a otra estaríamos ante un delito de discriminación, porque no nos olvidemos que casi todos los insultos contienen un contenido discriminatorio.

¿Cree que en este sentido hay un vacío legal?
No. Cero que el derecho penal reprime las conductas más graves que ofenden al orden y la paz pública. No está para reprimir todas las conductas que no sean correctas o no sean morales. Penaliza la incitación al odio, que viene a ser una especie de propaganda, que no hay (en este caso), y la otra forma es la comisión de actos graves de discriminación. En este caso hubo insultos que devinieron en una pelea a la salida de un baile pero no por una cuestión discriminatoria. La causa de la agresión no fue la condición racial sino un diferendo por tomar un taxi que desemboca en insultos recíprocos, que pone en relieve su condición de negra. Tania no fue agredida por su condición racial. El racismo no fue el móvil de los golpes.

¿Algún otro organismo debería actuar en este caso?
Tenemos organismos preocupados por la problemática, pero esos ámbitos no son de mi competencia. La Justicia Penal no está para solucionar los problemas sociales.

¿Encontró aspectos racistas en la agresión?
En todo el hecho surgen varias manifestaciones que son de tono discriminatorio pero eso no quiere decir que la acción esté determinada por un móvil racista y que haya sido ese el móvil de la agresión, por lo tanto no tiene relevancia penal. Si fuera como en otros países que se lo ataca porque es negro, porque es amarillo o porque es musulmán. Esos son casos discriminatorios. Pero en este caso hay una agresión de un grupo a una muchacha a raíz de un diferendo por un taxi. Hay insultos de tono racista, pero en el 99% de las peleas hay insultos y yo no conozco insultos que no sean discriminatorios.
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