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El error en el suministro de medicamentos puede tener consecuencias hasta mortales”, explicó el médico y vicepresidente del Sindicato Médico del Uruguay (SMU), Gerardo Eguren a El Observador. Con esto, refiere a la similitud de Denominaciones Comunes Internacionales (DCI) con marcas comerciales, lo que fue detectado en los últimos años en Uruguay. Al menos hay cuatro casos de marcas otorgados por la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial (DNPI), que fueron revocadas por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) por incumplir la normativa. A su vez, hay una quinta marca autorizada semanas atrás, que es analizada por el tribunal, luego que el organismo estatal rechazara anularla, tras la petición de una firma afectada.

Los medicamentos, además de contar con la marca comercial, poseen una DCI que es única y universal aunque puede ser comercializado por más de una firma.
Esto fue adoptado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), luego del gran incremento en el número de sustancias medicamentosas activas a lo largo del siglo XX, que obligó a establecer denominaciones reconocidas por el personal de la salud así como por sus consumidores a nivel mundial. La confusión al momento de suministrar un medicamento, generó errores que ocasionaron perjuicios en la salud y muertes en varias partes del mundo.

Esto generó que el organismo internacional dictara una resolución en la que establece la imposibilidad de que las marcas comerciales sean similares a DCIs. En consecuencia, cada Estado debe controlar el cumplimiento de esta medida.

En Uruguay, el encargado de esta tarea es la DNPI, que integra el Ministerio de Industria, Energía y Minería. A su vez, la ley 17.011 establece normas relativas a las marcas.

“Ésta casi total semejanza entre la marca otorgada (…) y el principio activo de la droga de la misma clase llevarían a que el titular de la marca se encontrara en una situación de preeminencia ante otros empresarios que utilicen el principio activo”, expresa una de las sentencias del TCA a las que accedió El Observador. En este caso, el tribunal revocó a la firma Noas, la marca Clopidogrelnoas por su similitud con la DCI Clopidogrel. El TCA consideró que no se respetó la Ley de Marcas, y accedió al pedido de la empresa demandante.

Problemas en la salud
Eguren explicó que las áreas de salud que se pueden ver más afectadas por estas confusiones, son medicina general, emergencias y cardiología. En esta última, muchos medicamentos utilizados poseen DCI’s con nombres fácilmente confundibles como Amrinone y Amiodarone. La primera aumenta el ritmo cardíaco mientras que la segunda lo disminuye. Por lo tanto, Eguren explicó que si se confunde el suministro “puede ser complicado”.

En una situación de urgencia, se puede ver perjudicado no solo el paciente sino también el médico. En el apuro dos drogas del mismo laboratorio, con cajas de iguales colores y tipografías pero con una pequeña diferencia en el nombre, puede llevar a una confusión y someter a un profesional ante una mala praxis.

Por su parte, la química farmacéutica Patricia González, dijo a El Observador que en el caso de la marca Kimatinib, caso que analiza el TCA por su similitud con la DCI Imatinib, “es claro que debe evitarse el registro”. La profesional explicó que el más vulnerable es el paciente porque puede pensar que un medicamento tiene los efectos deseados por su similitud de ambos nombres pero en realidad se trata de un remedio para tratar enfermedades totalmente diferentes.

“El hecho de que se haya concedido la marca, hace que pueda usarse para cualquier tipo de medicamento, incluso los que no tengan Imatinib en su fórmula” explicó.

Ámbito judicial
El abogado Mauro Marín, del estudio Cikato Abogados, especializado en propiedad intelectual, explicó que “el TCA, todas las veces que debió expedirse sobre marcas similares a DCIs, anuló las decisiones de la DNPI”. Aclaró que si no existe reclamo, algunas marcas pueden sobrevivir en el mercado.

El estudio actualmente lleva el caso de nulidad de la marca Kimatinib, por su identidad con la DCI Imatinib, medicamento que se suministra para tratar el cáncer. Si bien el abogado prefirió no referirse al nombre comercial contra el que recurre, explicó que “la marca concedida presenta una sola letra de diferencia con la DCI, lo que a todas luces es contrario al sistema establecido por la OMS”.

Por el contrario, la DNPI sostuvo que una sola letra confiere suficiente diferenciación. Así como consideran que las recomendaciones de la OMS, y de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), organismos de los que Uruguay es parte, no tienen carácter imperativo y son meras recomendaciones.
El Observador intentó comunicarse con el director de la DNPI, Alberto Gestal, pero no quiso realizar declaraciones.

Normativa internacional relgula las DCI

“A fin de evitar conflictos entre las DCI y las marcas, la Asamblea Mundial de la Salud adoptó en 1993 la Resolución WHA46.19, en la que se solicita a los Estados miembros de la OMS que elaboren directrices políticas sobre el uso y la protección de las DCI y desalienten el uso de los nombres comerciales derivados de las DCI como marcas”, dice la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI).
Por confusión en las marcas, en EE.UU. se reportaron 10 casos de errores de medicación, uno de ellos fatal, por confusión de los DCI Amrinone – Amiodarone, ambos para afecciones cardíacas, pero mientras que uno aumenta el ritmo cardíaco el otro lo disminuye , según se da cuenta en el libro Jama. Por otro lado, el diario Sun informó que han sido confundidos en casi todos los países del mundo el Lamictal (para epilepsia) con el Lamisil (para la cura de hongos, lo que generó gravísimos efectos para la salud.

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