MSP pidió mantener intervención de Casa de Galicia pero la Justicia se lo negó
El concurso había sido pedido por la directiva de Casa de Galicia antes de que el MSP rechazara el fideicomiso para la mutualista
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01 de diciembre de 2021 a las 19:15
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El juez de concurso Leonardo Méndez le negó al Ministerio de Salud Pública la posibilidad de mantener la intervención en Casa de Galicia al considerar que eso sería incompatible con la administración que debe hacer el síndico establecido a nivel judicial.
El MSP presentó los reparos a la resolución judicial del 24 de noviembre que aprobó el concurso presentado por Casa de Galicia, y cuyo proceso había quedado en suspenso.
Esto responde a los reparos presentados por el MSP a la resolución del 24 de noviembre que aprobó el concurso e instó a la cartera a levantar su intervención en un plazo de 30 días. Según publicó El País, y se establece en el decreto del 30 de noviembre, al que accedió El Observador, la declaración de concurso lleva al “traspaso de competencias del ámbito administrativo al judicial y, por ende, al mismo tiempo, (a) la extinción de la intervención administrativa y el comienzo de la administración judicial”, en este caso a una sindicatura, designada a la Liga de Defensa Comercial (Lideco).
Fuentes del MSP explicaron a El Observador que la cartera acatará la decisión del juez, la que no recurrieron en ningún momento para no invadir un decreto del Poder Judicial ni tensar más la situación. Sin embargo, creen que intervención y concurso sí son compatibles si se organizan, porque consideran que el objetivo de de cado una es distinto: la intervención administrativa busca priorizar el servicio de salud de la mutualista, mientras que el concurso atiende las dificultades económicas.
¿Por qué es incompatible?
El decreto alega un problema económico: en ambas intervenciones, la administrativa del MSP y la judicial del síndico, las autoridades impuestas deben ser retribuidas por el organismo intervenido. En el caso de la intervención del MSP, "los honorarios de auxiliares y asesores (...) serán de cargo de la institución intervenida", mientras que en lo que refiere al síndico "la retribución de los órganos concursales constituye una deuda de la masa activa del concurso".
Esto para el juez Méndez representaría "un importante perjuicio económico para la deudora y, consecuentemente, para los acreedores", debido a que se "duplicarían los créditos" contra la mutualista.
Además, el hecho de que la intervención del ministerio haya decidido "continuar el trámite concursal, y completar los requisitos necesarios para el éxito de la solicitud de concurso voluntario presentada por las autoridades desplazadas", representa para el letrado "la elección de una solución que impone la finalización de esa intervención" por parte del MSP.
Según explicaron fuentes del MSP, cuando se comenzó el proceso de intervención el Poder Judicial presentó "observaciones" a la institución sobre distintos requisitos referidos al concurso, que las autoridades interventoras levantaron. Sin embargo, esto no representa la intención del MSP, porque los interventores representan directamente a Casa de Galicia. "La voluntad del ministerio no es la de los interventores", dijo la fuente.
La decisión
La resolución insta al "traspaso de competencias del ámbito administrativo al judicial" de Casa de Galicia, lo que significa "la extinción de la intervención administrativa y el comienzo de la administración judicial", a cargo de la sindicatura de Lideco.
Esta autoridad fue electa, según afirma el decreto, porque "la deudora ostentaba un pasivo superior al activo". Ese organismo será el único encargado de "realizar actos de administración y disposición sobre bienes y derechos del concursado", y lo sustituirá en "todos los procedimientos jurisdiccionales o administrativos en curso".
El 24 de noviembre el Poder Judicial dio un plazo de 30 días al MSP para levantar la intervención. La cartera está evaluando los plazos para realizar una "transición ordenada", confirmaron las fuentes del organismo.
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