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El Tribunal de Cuentas de Tacuarembó objetó el aumento de sueldo realizado por el intendente de ese departamento y varios de los directores de la comuna para compensar la deducción a raíz de la reforma tributaria.

El hecho fue publicado por el diario local Acción Informativa y más tarde tratado por los ediles. El 30 de agosto la edila frenteamplista Marina Ramos solicitó al Ejecutivo que explicara el aumento de sueldo.

El 17 de agosto la Intendencia derivó el tema al Tribunal de Cuentas de Tacuarembó para que se pronunciara.

Los cargos que tuvieron un aumento de sueldo fueron el Secretario General, el Director General de Hacienda, el Director General de Obras, el Director de Proyectos de Desarrollo y Medio Ambiente y el Director General de Secretaría, que todos tienen una retribución fijada en un porcentaje de las retribuciones del Intendente.

El texto establece que según disposición constitucional (Artículo 295), el monto del sueldo del Intendente "no podrá ser alterado durante el término de su mandato".

Sin embargo, el tribunal concluye que el pago del IRPF por parte de la Intendencia Municipal supone un aumento indirecto de los ingresos del Intendente Municipal, lo que viola la norma constitucional contenida en el Artículo 295 de la Constitución de la República, forzando además la interpretación del decreto

Luego de conocido el dictamen, la Bancada de Ediles y Secretariado Ejecutivo del Frente Amplio emitió un comunicado en el que dice que la comunicación al Tribunal de Cuentas se realizó recién el 17 de agosto, cuando los sueldos se cobran a fines de julio.


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