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En los primeros seis meses de aplicación de la ley que despenalizó la interrupción del embarazo bajo determinadas circunstancias, se realizaron en Uruguay cerca de 400 abortos por mes, según datos oficiales difundidos por el diario La República. Por día fueron 13 intervenciones.

Según establece la ley que quedó firme luego del fracaso de la consulta popular de ayer, el aborto puede practicarse dentro de las primeras 12 semanas de gestación, pero obliga a las mujeres a comparecer ante una comisión integrada por médicos y asistentes sociales. Ese grupo de profesionales explica los alcances de su decisión a la mujer con intención de abortar. Transcurridos cinco días de “reflexión”, entonces sí la mujer tiene la última palabra.

El médico que recibe la consulta de la mujer debe disponer inmediatamente (para el mismo día o para el siguiente) la consulta con el equipo interdisciplinario, integrado por, al menos, tres profesionales, de los cuales uno deberá ser médico ginecólogo, otro deberá tener especialización en el área de la salud psíquica y el tercero, en el área social.

El médico también debe informar a la mujer del alcance de la ley, las características de la interrupción del embarazo y de los riesgos inherentes a esa práctica. Del mismo modo, debe comunicarle las alternativas al aborto provocado, incluyendo los programas disponibles de apoyo social y económico, así como la posibilidad de dar su hijo en adopción. También debe asesorarla para prevenir embarazos futuros o para acceder a ellos.

Los médicos ginecólogos y el personal de salud que tengan objeciones de conciencia deben hacerlo saber a las autoridades de las instituciones a las que pertenecen. La objeción puede manifestarse o revocarse de forma expresa, en cualquier momento, bastando la comunicación a las autoridades de la institución. Quienes no presenten objeción de conciencia, no podrán negarse a practicar un aborto.

Las menores de edad no están habilitadas a abortar, salvo que el médico ginecólogo tratante cuente con el consentimiento de los padres o encargados legales. En el caso de una mujer declarada incapaz, se requerirá el consentimiento informado de su curador y venia judicial del juez competente.

Para practicar el aborto, las instituciones médicas proporcionan dosis de misoprostol a las mujeres que así lo desean y cumplen con los pasos establecidos en la ley. El misoprostol provoca la inducción del parto al promover contracciones uterinas. l

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